Modificación del Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte

 17/06/2014
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Decreto 90/2014, de 13 de junio, del Consell, de modificación del Decreto 190/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte (DOCV de 16 de junio de 2014). Texto completo.

DECRETO 90/2014, DE 13 DE JUNIO, DEL CONSELL, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 190/2012, DE 21 DE DICIEMBRE, DEL CONSELL, POR EL QUE SE APROBÓ EL REGLAMENTO ORGÁNICO Y FUNCIONAL DE LA CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE.

PREÁMBULO

El Decreto 190/2012, de 21 de diciembre , del Consell, aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, y, a su vez, el Decreto 7/2014, de 29 de mayo, del president de la Generalitat, nombró portavoz del Consell a María José Catalá Verdet.

Dada la necesidad de realizar los ajustes correspondientes en el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, se considera necesario la modificación del artículo 5 de este.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 28.f y 64 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, a propuesta de la consellera de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 13 de junio de 2014, DECRETO

Artículo único. Modificación del Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte

Se da nueva redacción al artículo 5 del Decreto 190/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, cuyo texto se inserta en el anexo del presente decreto.

DISPOSICIÓN FINAL Única. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

ANEXO

Nueva redacción del artículo 5 del Decreto 190/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte

Artículo 5. De los gabinetes

1. El gabinete de la persona titular de la consellería es la unidad de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata a la persona titular del departamento, de la que depende directamente.

2. El gabinete de la persona titular de la consellería tiene a su cargo el mantenimiento de las relaciones de la persona titular del departamento con los altos órganos e instituciones de la Generalitat, del Estado y de las demás administraciones públicas, así como el desarrollo de cuantas funciones se le encomiende.

3. Igualmente, depende funcionalmente de la persona titular de la consellería, y orgánicamente de la Subsecretaría, la Subdirección General del Gabinete Técnico, a la que le corresponden las funciones concer- nientes a asesoramiento técnico, informes, estudios, documentación y seguimiento parlamentario.

4. La Subdirección General del Gabinete Técnico se estructura en los siguientes servicios:

a) Servicio de Informes y Actividad Parlamentaria, al que le corresponde asesorar, con arreglo a criterios de competencia técnica y desde una perspectiva pluridisciplinar, a la persona titular del departamento, elaborar y analizar la información y documentación sobre las materias propias de la consellería, preparando los informes y estudios técnicos y memorias necesarios, proponer y tramitar las actuaciones de la consellería relacionadas con la actividad parlamentaria.

b) Servicio de Documentación, Publicaciones y Estadística Departamental, al que le corresponde gestionar las bases de datos documentales de interés para la consellería, colaborar en el tratamiento, organización y recuperación de la documentación relevante para el desarrollo de las funciones de asesoramiento correspondientes a la Subdirección General, proponer y elaborar publicaciones y estadísticas en materia de la consellería.

5. Dependiendo funcionalmente de la persona titular de la consellería, como portavoz del Consell, y orgánicamente de la Subsecretaría, la Oficina Técnica de Apoyo del/la Portavoz del Consell, con el rango de subdirección general, desempeñará las funciones de asistencia técnica, dirección común, impulso y coordinación que se le asignen.

La Oficina Técnica de Apoyo del/la Portavoz del Consell se estructura en los siguientes servicios:

a) Servicio de Soporte Estratégico, al que corresponde el seguimiento y análisis de los asuntos de la portavocía.

b) Servicio de Coordinación de la Portavocía, al que compete el establecimiento y coordinación de las relaciones con los órganos, organismos y departamentos autonómicos.

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