Subvenciones para Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo

 26/05/2014
 Compartir: 

Orden de 12 de mayo de 2014, por la que se modifica el fin del plazo de presentación de las solicitudes de subvenciones en la convocatoria de 2014 para Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo, reguladas mediante la Orden de 20 de febrero de 2012 (BOJA de 23 de mayo de 2014). Texto completo.

ORDEN DE 12 DE MAYO DE 2014, POR LA QUE SE MODIFICA EL FIN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE SUBVENCIONES EN LA CONVOCATORIA DE 2014 PARA ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES DE DESARROLLO QUE REALICEN INTERVENCIONES DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO, REGULADAS MEDIANTE LA ORDEN DE 20 DE FEBRERO DE 2012.

Mediante Orden de 10 de enero de 2014 se dispone que el plazo de presentación de solicitudes correspondientes a la convocatoria de 2014, de la Orden de 20 de febrero de 2012 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo, será el comprendido entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2014.

Dado que el último día del plazo resulta ser sábado y el día inmediatamente anterior fiesta local en la ciudad de Sevilla, lugar donde se encuentra ubicada la sede de la AACID, se estima conveniente ampliar el plazo de presentación de las solicitudes hasta el 4 de junio de 2014, inclusive, con el fin de facilitar la presentación de solicitudes.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el artículo 26.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Artículo único. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes de subvención correspondiente a la convocatoria 2014 de la Orden de 20 de febrero de 2012 hasta el 4 de junio de 2014, incluido.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  4. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  7. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  8. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  9. INAP: Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado
  10. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana