Subvenciones en materia de comercio para el fomento de los Centros Comerciales Abiertos de Andalucía

 07/05/2014
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Orden de 21 de abril de 2014, por la que se amplían los créditos disponibles en el ejercicio 2014, relativos a la Orden de 15 de octubre de 2013, por la que se convocan, para el ejercicio 2013, subvenciones en materia de comercio para el fomento de los Centros Comerciales Abiertos de Andalucía (modalidad CCA) (BOJA de 6 de mayo de 2014). Texto completo.

ORDEN DE 21 DE ABRIL DE 2014, POR LA QUE SE AMPLÍAN LOS CRÉDITOS DISPONIBLES EN EL EJERCICIO 2014, RELATIVOS A LA ORDEN DE 15 DE OCTUBRE DE 2013, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL EJERCICIO 2013, SUBVENCIONES EN MATERIA DE COMERCIO PARA EL FOMENTO DE LOS CENTROS COMERCIALES ABIERTOS DE ANDALUCÍA (MODALIDAD CCA).

Mediante la Orden de 9 de marzo de 2011 se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio (BOJA núm. 58, de 23 de marzo de 2011), y mediante la Orden de 15 de octubre de 2013 (BOJA núm. 207, de 21 de octubre de 2013), fue ampliado el objeto de dichas bases reguladoras, aprobándose la convocatoria de subvenciones en materia de comercio para el fomento de los Centros Comerciales Abiertos de Andalucía (modalidad CCA).

La Orden de 23 de enero de 2014 (BOJA núm. 27, de 10 de febrero de 2014), estableció la declaración de créditos disponibles en el ejercicio 2014 para la citada convocatoria de subvenciones y su distribución entre ámbitos funcionales de competitividad.

La disposición tercera de la Orden de 23 de enero de 2014 citada disponía lo siguiente: “Tercero. Aumentos sobrevenidos de crédito. Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo”.

Habiéndose producido un aumento sobrevenido en los créditos aplicables a la convocatoria y existiendo en la propuesta de resolución entidades beneficiarias suplentes cuyas solicitudes cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria pero no existe crédito suficiente para su cobertura, procede declarar nuevos créditos disponibles para atender dichas solicitudes.

De acuerdo con lo anterior y con lo determinado en el artículo 5 de la Orden reguladora de 9 de marzo de 2011, y en virtud del uso de las competencias conferidas en el Título VII del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo , por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y por el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Declaración de créditos disponibles. Se amplía la cuantía destinada a la convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2013 en materia de comercio para el fomento de los Centros Comerciales Abiertos de Andalucía (modalidad CCA), convocada en virtud de la Orden de 15 de octubre de 2013, en 425.000 euros, que se adicionarán a la cuantía declarada en la Orden de 23 de enero de 2014, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria existente en el ejercicio 2014.

Segundo. Distribución de créditos. Los créditos declarados disponibles en el apartado anterior se aplicarán a las entidades que han sido propuestas como suplentes en la convocatoria citada, resultando que únicamente se trata de solicitudes correspondientes a Ayuntamientos de Andalucía, al no existir entidades propuestas como suplentes correspondientes a Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas promotoras de Centros Comerciales Abiertos. Por tanto, la distribución de los nuevos créditos declarados disponibles para la citada convocatoria es la siguiente:

- Para los Ayuntamientos de Andalucía: A la cuantía total máxima declarada en la Orden de 23 de enero de 2014 se adiciona un importe de 425.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 1.1.18.00.18.00..764.00.76A.7.2013.

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