Modificación del artículo 223 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra

 29/04/2014
 Compartir: 

Ley Foral 7/2014, de 14 de abril, de modificación del artículo 223 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra (BON de 28 de abril de 2014). Texto completo.

LEY FORAL 7/2014, DE 14 DE ABRIL, DE MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 223 DE LA LEY FORAL 6/1990, DE 2 DE JULIO, DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El artículo 223 Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, establece que “No podrán otorgarse auxilios económicos, directa o indirectamente, a particulares o Entidades sujetos a tributación de la respectiva Hacienda local, en cuanto supongan exenciones fiscales no previstas en la ley, compensaciones o aminoraciones de deudas contraídas con aquélla. Tampoco podrán concederse auxilios económicos a los particulares o Entidades que se hallen incursos en procedimiento de cobro por vía de apremio por deudas contraídas con la Entidad local”.

En la actual situación de crisis económica, numerosas familias se han visto abocadas al desempleo -en muchas ocasiones de larga duración- con el consiguiente aumento de su vulnerabilidad, una vulnerabilidad especialmente preocupante cuando en las familias hay menores. En este contexto, las Administraciones Públicas deben garantizar que las prestaciones sociales necesarias no sean denegadas al haber contraído débitos como consecuencia de una situación de paro o dificultad prolongada en el tiempo. En un sentido parecido, este Parlamento aprobó Ley Foral 6/2013, de 25 de febrero , para la declaración de inembargabilidad de las prestaciones sociales garantizadas y las becas de ayudas al estudio.

La redacción del artículo 223 puede dejar fuera de ayudas municipales a familias que precisan de dichos recursos de forma perentoria.

Artículo único.-Se modifica el artículo 223 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, añadiendo un nuevo párrafo, con la siguiente redacción:

“No obstante lo anterior, la entidad local podrá conceder auxilios económicos a particulares que se hallen incursos en procedimientos de cobro por vía de apremio por deudas contraídas con la misma, cuando de forma expresa se contemple tal circunstancia en la norma reguladora de los referidos auxilios y en los términos y condiciones que en ella se expresen”.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

La presente Ley Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Cecilia Albérica García-Rodríguez y Xosé María Mahou-Lago
Análisis de la apertura de datos por comunidades autónomas en España

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Los servicios sanitarios prestados por personal de enfermería en residencias de mayores de titularidad privada han de ser evaluados como méritos en los procesos selectivos convocados por los Servicios de Salud
  2. Legislación: Profesional para el Empleo en el sector del Hidrógeno Verde
  3. Tribunal Supremo: Reitera el TS que un contrato de interinidad por vacante en el ámbito del empleo público se desnaturaliza por el transcurso del tiempo
  4. Legislación: Mejora de puntos limpios fijos
  5. Legislación: Procedimiento para la obtención del carné de transporte de las personas mayores de 65 años
  6. Legislación: Zonas vulnerables a la contaminación difusa de las aguas producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias
  7. Legislación: Subvenciones destinadas a compensar los perjuicios económicos producidos por la enfermedad hemorrágica epizoótica
  8. Legislación: Consejo Navarro de niños, niñas y adolescentes
  9. Legislación: Subvenciones a entidades locales para el desarrollo de actuaciones de protección y adaptación al riesgo de inundación e integración ambiental en núcleos urbanos de la Estrategia Ebro Resilience en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
  10. Legislación: Subvenciones dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, universidades públicas y entidades locales, para el desarrollo de proyectos en materia de conciliación y corresponsabilidad en el marco del Plan Corresponsables

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana