Estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerías de la Generalitat

 11/03/2014
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Decreto 34/2014, de 7 de marzo, del Consell, de modificación del Decreto 179/2012, de 14 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerías de la Generalitat (DOCV de 10 de marzo de 2014). Texto completo.

DECRETO 34/2014, DE 7 DE MARZO, DEL CONSELL, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 179/2012, DE 14 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LA PRESIDENCIA Y DE LAS CONSELLERÍAS DE LA GENERALITAT.

PREÁMBULO

El Decreto 179/2012, de 14 de diciembre , del Consell, establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Generalitat.

La reciente aprobación y entrada en vigor del Real Decreto 981/2013, de 13 de diciembre, sobre traspaso de funciones de la Administración del Estado a la Generalitat en materia de expedición del título de gestor administrativo, lleva a modificar el citado Decreto del Consell para atribuir a la Secretaría Autonómica de Gobernación y a la Dirección General de Desarrollo Estatutario y Promoción del Autogobierno las funciones derivadas del referido traspaso.

En virtud de ello, y haciendo uso de las atribuciones conferidas en el artículo 64 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, a propuesta del President de la Generalitat y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 7 de marzo de 2014, DECRETO

Artículo único. Modificación del artículo 27 del Decreto 179/2012, de 14 de diciembre, del Consell

Se modifica el artículo 27 del Decreto 179/2012, de 14 de diciembre, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerías de la Generalitat, cuya redacción se inserta en el anexo del presente decreto.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el mismo día de su aprobación.

ANEXO

Nueva redacción del artículo 27 del Decreto 179/2012, de 14 de diciembre, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerías de la Generalitat.

“Artículo 27. De la Secretaría Autonómica de Gobernación

1. La Secretaría Autonómica de Gobernación asume las funciones que le atribuye el artículo 68 de la Ley del Consell en materia de interior, protección civil, gestión de la unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunitat Valenciana, prevención y extinción de incendios y gestión de las competencias en materia de situaciones de emergencia, desarrollo del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, consultas populares y electorales, y relaciones con la profesión titulada de gestor administrativo a los efectos de ejercer las funciones traspasadas a la Generalitat por la Administración General del Estado a través del Real Decreto 981/2013, de 13 de diciembre.

2. De la Secretaría Autonómica de Gobernación dependen los siguientes órganos directivos:

a) Dirección General de Seguridad y Protección Ciudadana.

Asume las funciones en materia de seguridad pública y protección ciudadana, espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas, coordinación y selección de policías locales en la Comunitat Valenciana, formación de policías locales, del personal de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunitat Valenciana y del personal de los servicios esenciales y complementarios de intervención frente a emergencias, protección civil, ayudas a las víctimas del terrorismo y dirección de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunitat Valenciana, consultas populares y electorales, en el marco de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General y la Ley Electoral Valenciana .

b) Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Emergencias.

Asume las funciones en materia de dirección y gestión de las políticas de la Generalitat en materia de prevención y extinción de incendios, protección civil, gestión de emergencias, información y concienciación ciudadana en materia de prevención de incendios. Dirección y gestión de la encomienda del Consejo de Seguridad Nuclear a la Generalitat y de la participación de la Generalitat en los consorcios de bomberos.

c) Dirección General de Desarrollo Estatutario y Promoción del Autogobierno.

Asume las funciones en materia de impulso del desarrollo del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, coordinación con otros departamentos para la creación de los organismos previstos en el Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, dirección y gestión de las políticas de la Generalitat destinadas al desarrollo del autogobierno, recuperación del derecho foral civil valenciano y promoción e impulso e investigación de las tradiciones e instituciones tradicionales del pueblo valenciano, y relaciones con la profesión titulada de gestor administrativo a los efectos de ejercer las funciones traspasadas a la Generalitat por la Administración General del Estado a través del Real Decreto 981/2013, de 13 de diciembre”.

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