Modificación del Reglamento del Departamento de Ingeniería Química

 21/02/2014
 Compartir: 

Resolución de 30 de enero de 2014, del Secretario General de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibersitatea, por la que se aprueba y se ordena la publicación de la modificación del Reglamento del Departamento de Ingeniería Química (BOPV de 20 de febrero de 2014). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 30 DE ENERO DE 2014, DEL SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERSITATEA, POR LA QUE SE APRUEBA Y SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA QUÍMICA.

El 27 de septiembre de 2012, se publicó el Reglamento del Departamento de Ingeniería Química en el BOPV.

El 11 de diciembre de 2013, el Consejo del Departamento de Ingeniería Química acuerda la modificación del artículo 2 del Reglamento de dicho Departamento, relativo a la composición del Consejo de Departamento.

El Secretario General, una vez verificado que la modificación propuesta cuenta con todos los informes favorables y que no se ha presentado ninguna solicitud expresa de elevación del mismo al Consejo de Gobierno tras su presentación en la sesión de 30 de enero de 2013, y conforme a la delegación efectuada en el artículo 4.3 del Reglamento Marco de Departamentos

RESUELVE:

Primero.- Modificar el artículo 2 del Reglamento del Departamento de Ingeniería Química de la UPV/EHU, que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2.- Concordancia con el artículo 10.1 del Reglamento Marco de Departamentos. El Consejo del Departamento estará formado por el o la Directora, la o el Secretario, todo el personal docente e investigador permanente y todo el personal docente e investigador doctor no permanente. El otro personal docente e investigador adscrito al Departamento, incluido el personal investigador en formación, contará con un número de representantes equivalente al 20% de las personas que conformen el colectivo, con un mínimo de 3 y un máximo que no supere el 20% del personal docente e investigador permanente. El Consejo estará formado, además, por un representante del alumnado por cada ciclo de docencia y un representante del personal de administración y servicios”.

Segundo.- Ordenar la publicación de la modificación del Reglamento del Departamento de Ingeniería Química en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.- Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  4. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  7. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  8. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  9. INAP: Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado
  10. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana