Contratación centralizada los servicios de telecomunicaciones de la Junta de Extremadura

 05/02/2014
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Orden de 31 de enero de 2014 por la que se declara de contratación centralizada los servicios de telecomunicaciones de la Junta de Extremadura y sus organismos autónomos (DOE de 4 de febrero de 2014). Texto completo.

ORDEN DE 31 DE ENERO DE 2014 POR LA QUE SE DECLARA DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

El procedimiento para la contratación centralizada de servicios y suministros en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura se encuentra previsto en el Decreto 163/2004, de 26 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de contratación centralizada de servicios y suministros y se crea la Comisión de Contratación Centralizada de la Junta de Extremadura, concebido con el objetivo de aprovechar las ventajas que suponen las economías de escala, lo que permite una reducción del gasto público y una simplificación en la tramitación administrativa.

Posteriormente, mediante Orden de 5 de diciembre de 2008 se declaró de adquisición centralizada determinados bienes y servicios utilizados por la Junta de Extremadura y sus Organismos Autónomos.

La experiencia acumulada en las licitaciones anteriores aconseja unificar en un solo expediente la contratación centralizada de los servicios de telecomunicaciones para toda la Administración autonómica y sus organismos autónomos, recayendo tal competencia en la Consejería de Economía y Hacienda en virtud de lo establecido en el citado Decreto 163/2004, de 26 de octubre.

De conformidad con lo expuesto, DISPONGO:

Único. Declarar de contratación centralizada, a los efectos de lo dispuesto en el Decreto 163/2004, de 26 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de contratación centralizada de servicios y suministros y se crea la Comisión de Contratación Centralizada de la Junta de Extremadura, los servicios de servicios de telecomunicaciones para la Administración autonómica y sus organismos autónomos.

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