Reglamento del Servicio de Asesoría Jurídica de la Universidad de Valladolid

 03/02/2014
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Resolución de 21 de enero de 2014, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se acuerda la publicación del acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno, de 21 de enero de 2014, por el que se modifica el Reglamento del Servicio de Asesoría Jurídica de la Universidad (BOCYL de 31 de enero de 2014). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 21 DE ENERO DE 2014, DEL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID, POR LA QUE SE ACUERDA LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONSEJO DE GOBIERNO, DE 21 DE ENERO DE 2014, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ASESORÍA JURÍDICA DE LA UNIVERSIDAD.

El incremento constante en la carga de trabajo del Servicio de Asesoría Jurídica derivado de la tramitación de los diferentes anteproyectos o proyectos de reglamentos y disposiciones administrativas de carácter general, hace necesaria una racionalización de los criterios rectores de su funcionamiento. En este sentido, se aprecia la procedencia de una nueva delimitación de su ámbito de actuación preceptiva, de forma que, sin menoscabo de las garantías de respeto a la legalidad en cualquier innovación del ordenamiento propio de esta Universidad, puedan alcanzarse los máximos niveles de eficacia y calidad técnico-jurídica.

Por ello, esta Comisión Permanente, conforme con lo previsto en el artículo 19.2.f) del Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de Gobierno, procede, mediante el presente acuerdo, a la aprobación de una modificación del Reglamento del Servicio de Asesoría Jurídica de la Universidad de Valladolid, aprobado por acuerdo de esta misma Comisión de 27 de mayo de 2009, en los términos que se expresan a continuación.

Artículo único. Modificación del “Reglamento del Servicio de Asesoría Jurídica de la Universidad de Valladolid”, aprobado por acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid, de 27 de mayo de 2009.

El párrafo a) del artículo 5.2, queda redactado como sigue:

“a) los anteproyectos o proyectos de reglamentos y disposiciones administrativas de carácter general, cuando esté así previsto normativamente, o bien cuando, por su objeto, puedan afectar transversalmente a alguno de los sectores de la comunidad universitaria.”

Disposición final. Entrada en vigor.

1.- El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

2.- Con carácter informativo, por la Secretaría General se procederá a la publicación del texto consolidado del Reglamento del Servicio de Asesoría Jurídica, en el apartado correspondiente de la página web de esta institución.

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