Entrada en vigor del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Árabe de Egipto sobre la exención recíproca de los visados para los titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio

 23/01/2014
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Entrada en vigor del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Árabe de Egipto sobre la exención recíproca de los visados para los titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio, hecho en Madrid el 7 de marzo de 2013 (BOE de 23 de enero de 2014). Texto completo.

ENTRADA EN VIGOR DEL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ÁRABE DE EGIPTO SOBRE LA EXENCIÓN RECÍPROCA DE LOS VISADOS PARA LOS TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS Y DE SERVICIO, HECHO EN MADRID EL 7 DE MARZO DE 2013.

El Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Árabe de Egipto sobre la exención recíproca de los visados para los titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio, hecho en Madrid el 7 de marzo de 2013, entra en vigor el 15 de enero de 2014, treinta días después de la recepción de la última comunicación de cumplimiento de requisitos entre las Partes, según establece su artículo 10.

Se completa así la inserción efectuada en el “Boletín Oficial del Estado” número 76, de 29 de marzo de 2013.

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