Certificado de superación de competencias clave

 14/01/2014
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Orden de 17 de diciembre de 2013, por la que se modifica la Orden de 3 de junio de 2013, del Consejero de Economía y Empleo y la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regulan las pruebas para la obtención del Certificado de superación de competencias clave necesarias para el acceso a los certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3 y el curso de preparación de dichas pruebas, en la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 13 de enero de 2014). Texto completo.

ORDEN DE 17 DE DICIEMBRE DE 2013, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 3 DE JUNIO DE 2013, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y EMPLEO Y LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE REGULAN LAS PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE SUPERACIÓN DE COMPETENCIAS CLAVE NECESARIAS PARA EL ACCESO A LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE NIVEL 2 Y 3 Y EL CURSO DE PREPARACIÓN DE DICHAS PRUEBAS, EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.

La Orden de 3 de junio de 2013, del Consejero de Economía y Empleo y la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, regula las pruebas para la obtención del Certificado de superación de competencias clave necesarias para el acceso a los certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3 y el curso de preparación de dichas pruebas, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por un lado, el punto 2 del apartado decimosexto designa a los centros CPEPA Miguel Hernández de Huesca, CPEPA Isabel de Segura de Teruel y CPEPA Casa Canal de Zaragoza para la celebración de las pruebas. Por otro lado, el apartado decimoquinto regula los cursos de preparación para estas pruebas libres.

A la vista de la matrícula en los cursos de preparación, se hace necesario ampliar el número de Centros Públicos de Educación de Personas Adultas donde puedan realizarse las pruebas, modificando lo establecido en el punto 2 del artículo decimosexto de dicha convocatoria.

En su virtud, resuelven:

Primero.- Modificar el punto 2 del apartado decimosexto con el siguiente tenor literal:

"2. Los Centros en los que se podrán realizar las pruebas en ambas convocatorias serán los siguientes:"

Segundo.- Esta orden surte efecto desde su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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