CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA N.º 6975-2013, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 5.1 Y 2; LA DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA, APARTADOS 3 Y 18; DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA, APARTADO 5 Y LA DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA DEL REAL DECRETO 609/2013, DE 2 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS UMBRALES DE RENTA Y PATRIMONIO FAMILIAR Y LAS CUANTÍAS DE LAS BECAS Y AYUDAS AL ESTUDIO PARA EL CURSO 2013-2014, Y SE MODIFICA PARCIALMENTE EL REAL DECRETO 1721/2007, DE 21 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE LAS BECAS Y AYUDAS AL ESTUDIO PERSONALIZADAS.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 17 de diciembre actual, ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia número 6975-2013, promovido por el Gobierno de Cataluña, en relación con artículo 5.1 y 2; la Disposición final segunda, Apartados 3 y 18, Disposición adicional tercera, Apartado 5 y la Disposición final primera del Real Decreto 609/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2013-2014, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
Madrid, 17de diciembre de 2013.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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