Cláusulas generales aplicables a las operaciones de política monetaria

 02/12/2013
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Resolución de 29 de noviembre de 2013, de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, de modificación de la de 11 de diciembre de 1998, por la que se aprueban las cláusulas generales aplicables a las operaciones de política monetaria del Banco de España (BOE de 30 de noviembre de 2013). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2013, DE LA COMISIÓN EJECUTIVA DEL BANCO DE ESPAÑA, DE MODIFICACIÓN DE LA DE 11 DE DICIEMBRE DE 1998, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS CLÁUSULAS GENERALES APLICABLES A LAS OPERACIONES DE POLÍTICA MONETARIA DEL BANCO DE ESPAÑA.

La Comisión Ejecutiva del Banco de España, de conformidad con lo dispuesto en el apartado a) del artículo 23.1 de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de autonomía del Banco de España, en el apartado a) del artículo 66.1 del Reglamento Interno del Banco de España y en la cláusula XII de las cláusulas generales aplicables a las operaciones de política monetaria del Banco de España aprobadas por Resolución de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de 11 de diciembre de 1998, acuerda:

Primero.

Modificar el apartado 9.2 de la cláusula VI de las cláusulas generales aplicables a las operaciones de política monetaria del Banco de España aprobadas por Resolución de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de 11 de diciembre de 1998, que tendrá la siguiente redacción:

“9.2 El Banco de España calculará las liquidaciones con un tipo de interés de referencia idéntico al tipo de la Facilidad de Depósito.”

Segundo.

La modificación contenida en el punto primero anterior resultará de aplicación a partir del 30 de noviembre de 2013.

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