Becas de formación para titulados universitarios

 12/11/2013
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Orden Foral 878/2013, de 30 de octubre, del Consejero de Políticas Sociales, por la que se deja sin efecto la convocatoria de dos becas de formación para titulados universitarios con destino en la Dirección General de Política Social y Consumo, desautorizando el gasto de la misma (BON de 11 de noviembre de 2013). Texto completo.

ORDEN FORAL 878/2013, DE 30 DE OCTUBRE, DEL CONSEJERO DE POLÍTICAS SOCIALES, POR LA QUE SE DEJA SIN EFECTO LA CONVOCATORIA DE DOS BECAS DE FORMACIÓN PARA TITULADOS UNIVERSITARIOS CON DESTINO EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA SOCIAL Y CONSUMO, DESAUTORIZANDO EL GASTO DE LA MISMA.

El artículo 18.1 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, dispone que “las Administraciones Públicas harán un seguimiento de los datos de ejecución presupuestaria y ajustarán el gasto público para garantizar que al cierre del ejercicio no se incumple el objetivo de estabilidad presupuestaria”.

El Gobierno de Navarra se ha comprometido a cumplir con el objetivo de déficit, fijado para el año 2013 en el 1,2% del PIB de la Comunidad Foral de Navarra.

La previsión de cierre del ejercicio arroja una desviación del objetivo de estabilidad que obliga al Gobierno de Navarra a tomar las medidas necesarias para reconducir la situación al objeto de su cumplimiento.

El apartado 8.º del Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 9 de enero de 2013, por el que se dictan las normas de ejecución que regirán la prórroga de los Presupuestos Generales de Navarra de 2012 para el ejercicio 2013, autoriza a la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo a dictar las instrucciones precisas y a adoptar las medidas oportunas para garantizar el cumplimiento del objetivo de déficit.

Al amparo de dicha habilitación se ha aprobado la Orden Foral 352/2013, de 18 de octubre, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se toman medidas de control del gasto para el cumplimiento del déficit.

El apartado 1.º de su parte dispositiva señala que no se podrán adquirir nuevos compromisos de gasto, con excepción de aquellos que se especifican. El apartado 2.º, por su parte, dispone que los créditos que, por aplicación del apartado anterior, no puedan ejecutarse, deberán quedar disponibles en la partida, mediante los actos administrativos que, en su caso, sean necesarios.

Por lo expuesto y a fin de garantizar el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y déficit, resulta necesario dejar sin efecto la convocatoria de dos becas de formación para titulados universitarios con destino en la Dirección General de Política Social y Consumo, cuyas bases fueron aprobadas por la Orden Foral 212/2012, de 9 de mayo, del Consejero de Políticas Sociales, desautorizando el gasto previsto en la misma para el año 2013, por un importe de 10.269,12 euros, y liberando las reservas correspondientes a los años 2013, 2014 y 2015.

En consecuencia, en virtud de las competencias que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre , del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 73/2012, de 25 de julio , por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Políticas Sociales,

ORDENO:

1.º Dejar sin efecto la convocatoria de dos becas de formación para titulados universitarios con destino en la Dirección General de Política Social y Consumo, cuyas bases fueron aprobadas por la Orden Foral 212/2012, de 9 de mayo, del Consejero de Políticas Sociales.

2.º Desautorizar el gasto previsto en dicha convocatoria para el año 2013, por importe de 10.269,12 euros, que se imputará con cargo a la Partida Presupuestaria 900001-91400-4809-231000, denominada “Transferencias para becas, proyectos de investigación y publicaciones” de los Presupuestos Generales de Navarra para 2013.

3.º Liberar las reservas correspondientes:

En el año 2013: 24.480,24 euros, que se imputará con cargo a la Partida Presupuestaria 900001-91400-4809-231000, denominada “Transferencias para becas, proyectos de investigación y publicaciones” de los Presupuestos Generales de Navarra para 2013.

En el año 2014: 24.480,24 euros, que se imputará a la partida correspondiente de los Presupuestos Generales de Navarra para dicho año.

En el año 2015: 10.269,12 euros, que se imputará a la partida correspondiente de los Presupuestos Generales de Navarra para dicho año.

4.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra .

5.º Trasladar la presente Orden Foral a la Intervención Delegada en el Departamento de Políticas Sociales, a la Sección de Planificación e Investigación de la Dirección General de Política Social y Consumo, y a la Sección de Gestión Económica y Presupuestaria de la Secretaría General Técnica del Departamento de Políticas Sociales, a los efectos oportunos.

6.º Contra la presente Orden Foral, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 57.2.a) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

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