ORDEN DE 31 DE OCTUBRE DE 2013 POR LA QUE SE MODIFICA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE PLANES DE REESTRUCTURACIÓN Y RECONVERSIÓN DEL VIÑEDO A REALIZAR EN LA CAMPAÑA 2013/2014 ESTABLECIDO EN LA ORDEN DE 10 DE OCTUBRE DE 2013 SOBRE CONVOCATORIA DE PRESENTACIÓN DEL PLAN DE REESTRUCTURACIÓN Y RECONVERSIÓN DEL VIÑEDO EN EXTREMADURA PARA LA CAMPAÑA 2013/2014, EN APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PROGRAMA DE APOYO AL SECTOR VITIVINÍCOLA ESPAÑOL EN DESARROLLO DE LA OCM DEL SECTOR VITIVINÍCOLA.
La Orden de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de 10 de octubre de 2013 (DOE n.º 200, de 16 de octubre), establece la convocatoria para la presentación de los planes de reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura para la campaña 2013/2014, en aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español en desarrollo de la OCM del sector vitivinícola.
El apartado 1 del artículo 5 de la citada orden establece un plazo de veinte días naturales, a contar desde la publicación de la orden, para la presentación de los proyectos de planes de reestructuración.
Como quiera que ha aumentado considerablemente el número de integrantes de los planes colectivos respecto a campañas anteriores, siendo mayor asimismo el número de parcelas que conforman la solicitud de cada viticultor, y atendiendo a la complejidad normal del contenido de los proyectos, se ha advertido la conveniencia de modificar el plazo, ampliándolo, al objeto de facilitar el proceso. En su virtud, D I S P O N G O :
Modificar el plazo de presentación de los planes de reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura para la campaña 2013/2014, establecido en el artículo 5.1 de la Orden de 10 de octubre de 2013, ampliándolo hasta el día 12 de noviembre, inclusive.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. O bien podrá también interponerse, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
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