ORDEN EDU/875/2013, DE 24 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EDU/2220/2009, DE 2 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE REGULA EL PROGRAMA PARA LA MEJORA DEL ÉXITO EDUCATIVO EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.
Mediante Orden EDU/2220/2009, de 2 de diciembre , se regula el Programa para la Mejora del Éxito Educativo en la Comunidad de Castilla y León, posteriormente modificada por Orden EDU/1007/2012, de 22 de noviembre.
La conveniencia de integrar dentro del citado Programa las actuaciones que hasta ahora se venían desarrollando a través de programas de cooperación territorial respecto del alumnado en situación de desventaja educativa asociada a un entorno sociocultural desfavorecido, y al objeto de seguir avanzando hacia una escuela de calidad e inclusiva, hace precisa una nueva modificación de la citada orden.
Asimismo, se habilita el establecimiento de nuevas medidas de carácter experimental con el objeto de incorporarlas a la normativa correspondiente, una vez evaluados sus resultados.
Por todo lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio , del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, previo dictamen del Consejo Escolar de Castilla y León,
DISPONGO
Artículo único. Modificación de la Orden EDU/2220/2009, de 2 de diciembre , por la que se regula el Programa para la Mejora del Éxito Educativo en la Comunidad de Castilla y León.
La Orden EDU/2220/2009, de 2 de diciembre , por la que se regula el Programa para la Mejora del Éxito Educativo en la Comunidad de Castilla y León, se modifica en los siguientes términos:
Uno. El apartado 2 del artículo 1 queda redactado de la siguiente forma:
2. Este programa irá dirigido al alumnado de la Comunidad de Castilla y León que precise apoyo y refuerzo educativo en áreas y materias instrumentales, planificación y organización del trabajo, hábitos y técnicas de estudio y habilidades para la integración y adaptación al grupo y al centro.
Dos. Se incorpora un nuevo párrafo f) al apartado 1 del artículo 3 con la siguiente redacción:
f) Cualquier otra medida que con carácter experimental se implemente por la dirección general competente en materia de organización de actividades del alumnado de carácter complementario y de apoyo al desarrollo curricular.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
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