Oficina Consular Honoraria de España en Rochester

 28/10/2013
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Orden AEC/1983/2013, de 1 de octubre, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Rochester (Estados Unidos) (BOE de 28 de octubre de 2013). Texto completo.

ORDEN AEC/1983/2013, DE 1 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE CREA UNA OFICINA CONSULAR HONORARIA DE ESPAÑA EN ROCHESTER (ESTADOS UNIDOS).

La necesidad de crear una Oficina Consular Honoraria de España en Rochester (Zona Norte del Estado de Nueva York), se justifica por la necesidad de proteger y dar una asistencia eficaz tanto a los turistas españoles que viajan a la zona de las Cataratas del Niágara como a las familias y empresas españolas que residen por esa zona.

Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Washington (Estados Unidos), con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios y de la Dirección General para América del Norte, Asia y Pacífico, dispongo:

Primero.

Se crea una Oficina Consular Honoraria en Rochester (Zona norte del Estado de Nueva York), con jurisdicción en los condados de Niágara, Erie, Chautauqua, Cattaraugus, Orleans, Genesee, Wyoming, Monroe, Livingston, Allegany, Wayne, Ontario, Steuben, Yates, Seneca, Schuyler, Chemung, Cayuga, Tompkins, Tioga, Jefferson, Oswego, Onondaga, Cortland, Broome, Lewis, Oneida, Madison y Chenango, con categoría de Viceconsulado Honorario y dependiente del Consulado General de España en Nueva York (Estados Unidos).

Segundo.

El Jefe de la Oficina Consular Honoraria de España en Rochester tendrá, de conformidad con el Artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Vicecónsul Honorario.

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