Cuestión de inconstitucionalidad n.º 3337-2013

 07/10/2013
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 3337-2013, en relación con el artículo 12 bis de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula el tramo autonómico del IRPF y restantes tributos cedidos, modificada por la Ley 10/2006, de 26 de diciembre, por vulneración de los artículos 14, 31.1 y 139.1 de la CE (BOE de 7 de octubre de 2013). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 3337-2013, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 12 BIS DE LA LEY 13/1997, DE 23 DE DICIEMBRE, DE LA GENERALITAT VALENCIANA, POR LA QUE SE REGULA EL TRAMO AUTONÓMICO DEL IRPF Y RESTANTES TRIBUTOS CEDIDOS, MODIFICADA POR LA LEY 10/2006, DE 26 DE DICIEMBRE, POR VULNERACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 14, 31.1 Y 139.1 DE LA CE

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 24 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3337-2013 planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso núm. 4209-2011, en relación con el artículo 12 bis de la Ley de la Comunidad Valenciana 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del IRPF y restantes tributos cedidos, modificada por la Ley 10/2006, de 26 de diciembre , por vulneración de los arts. 14 , 31.1 y 139.1 de la CE., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso núm. 4209-2011, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

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