DECRETO 49/2013, DE 25/07/2013, POR EL QUE SE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO, EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.
El artículo 37.1 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha asigna a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y las Leyes Orgánicas que lo desarrollen.
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre , de Universidades, establece en su artículo 8 que, las escuelas y facultades son los centros encargados de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de títulos de grado. Podrán impartir también enseñanzas conducentes a la obtención de otros títulos, así como llevar a cabo aquellas otras funciones que determine la universidad.
La creación, modificación y supresión de dichos centros, así como la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 35 de la misma Ley Orgánica, serán acordadas por la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social. De lo señalado en el apartado anterior será informada la Conferencia General de Política Universitaria.
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre , modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, establece la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, incluidas las de Doctorado, que son reguladas, a su vez por el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero , que en su artículo 9 establece las Escuelas de Doctorado.
Igualmente, la Ley 14/2011, de 1 de junio , de la Ciencia, la Tecnología y la innovación, modifica mediante el punto uno de su Disposición Final Tercera el artículo 7 de la Ley Orgánica de Universidades, incluyendo a la Escuelas de Doctorado entre los centros con los que cuenta las universidades públicas para el desempeño de sus funciones.
Con fecha 20 de noviembre de 2012, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla-La Mancha aprobó la creación de la Escuela Internacional de Doctorado. Tal propuesta fue elevada al Pleno del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que ratificó en sesión de 28 de noviembre de 2012.
Por medio de este Decreto se autoriza la creación en la Universidad de Castilla-La Mancha la Escuela Internacional de Doctorado en un nuevo modelo de formación doctoral que, con base en la universidad, integra a otros organismos, entidades e instituciones implicadas en la I+D+i tanto nacional como internacional.
Como es preceptivo, en virtud del artículo 8 de los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha, con fecha 21 de diciembre de 2012 fue comunicado este acuerdo a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
Por lo expuesto, con el objetivo de dar respuesta a la necesidad organizativa planteada por la Universidad de Castilla-La Mancha, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de conformidad con el artículo 36 , de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, considera la conveniencia e incidencia positiva que la creación de este nuevo centro tendrá para la calidad del Sistema Universitario de Castilla-La Mancha.
En consecuencia, a la vista de las motivaciones expuestas por la Universidad de Castilla-La Mancha, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias que le han sido atribuidas por el Decreto 124/2011, de 7 de julio , por el que se establece la estructura orgánica, organización de funciones y competencias de esta Consejería, y de conformidad con el artículo 36 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, considera acreditada la conveniencia, y demostrada la incidencia positiva que esta nueva estructura va a suponer en la consecución de los objetivos de coordinación, planificación y fomento de la calidad de la enseñanza universitaria.
En virtud de lo anterior, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 25 de julio de 2013, Dispongo:
Artículo único.
Se aprueba la creación en la Universidad de Castilla-La Mancha de la Escuela Internacional de Doctorado.
Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo normativo.
Se autoriza a la Consejería competente en materia de enseñanza universitaria, para dictar y adoptar cuantas disposiciones y actos se estimen necesarios para el desarrollo y aplicación del presente Decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
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