Premios Andalucía del Comercio Interior

 31/07/2013
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Orden de 23 de julio de 2013, por la que se convocan los Premios Andalucía del Comercio Interior en su I Edición, correspondiente al año 2013 (BOJA de 30 de julio de 2013). Texto completo.

ORDEN DE 23 DE JULIO DE 2013, POR LA QUE SE CONVOCAN LOS PREMIOS ANDALUCÍA DEL COMERCIO INTERIOR EN SU I EDICIÓN, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2013.

La Orden de 9 de julio de 2013 de la Consejería de Turismo y Comercio, establece las bases y regula el procedimiento de concesión de los Premios Andalucía del Comercio Interior a quienes destaquen por su labor a favor del comercio de Andalucía (BOJA núm. 142, de 22 de julio de 2013).

El artículo 2 de la Orden de 9 de julio de 2013 establece cuatro modalidades de premios, Premio Andalucía del Comercio Interior a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza, Premio Andalucía del Comercio Interior a Centros Comerciales Abiertos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y Premio Andalucía del Comercio Interior al trabajador o trabajadora del sector comercial andaluz.

La citada Orden establece en su artículo 10 que los Premios Andalucía del Comercio Interior se concederán anualmente por la Consejería de Turismo y Comercio.

Con la concesión de estos premios se pretende contribuir al reconocimiento de las empresas en su labor de desarrollo comercial y modernización empresarial, de los Ayuntamientos por sus actuaciones de renovación urbana comercial del centro de las ciudades, de las Asociaciones Comerciales promotoras e impulsoras de Centros Comerciales Abiertos, y de los trabajadores y trabajadoras con trayectoria profesional en el sector.

En su virtud, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como por el Decreto 153/2012, de 5 de junio , por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Comercio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Orden de 9 de julio de 2013,

DISPONGO

Artículo único. Convocatoria de la I Edición de los Premios Andalucía del Comercio Interior, correspondiente al año 2013.

1. Se aprueba la convocatoria de la I Edición de los Premios Andalucía del Comercio Interior, correspondiente al año 2013, en sus cuatro modalidades:

a) Premio Andalucía del Comercio Interior a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el objetivo de reconocer la labor que realizan en la renovación y el desarrollo urbano en materia comercial, especialmente en los cascos históricos.

b) Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza, destinado a galardonar la labor de estas entidades en la realización de actuaciones tendentes al desarrollo comercial y la modernización empresarial.

c) Premio Andalucía del Comercio Interior a Centros Comerciales Abiertos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en reconocimiento del asociacionismo comercial orientado a la promoción y el fomento de Centros Comerciales Abiertos (CCA).

d) Premio Andalucía del Comercio Interior al trabajador o trabajadora del sector comercial andaluz, en reconocimiento a su trayectoria profesional.

2. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 9 de julio de 2013 de la Consejería de Turismo y Comercio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Andalucía del Comercio Interior (BOJA núm. 142, de 22 de julio de 2013).

3. El plazo de presentación de candidaturas se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará el día 13 de septiembre de 2013.

4. Las solicitudes se presentarán conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Orden de 9 de julio de 2013, ajustándose a los formularios Anexos aprobados en la misma.

5. Conforme al artículo 9 de la Orden de 9 de julio de 2013, el fallo de jurado será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante Resolución de la persona titular de la Dirección General de Comercio, en el plazo máximo de tres meses, contados a partir del día siguiente al que finalice el plazo para la presentación de las candidaturas.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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