DECRETO DEL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA NÚMERO 13/2013, DE VEINTITRÉS DE JULIO, DE REORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL.
El artículo 5.3 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, atribuye al Presidente de la Comunidad Autónoma la facultad de crear y suprimir las Consejerías, o modificar la denominación y las competencias atribuidas a las existentes.
En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades que legalmente me están atribuidas
Dispongo
Artículo Único
La Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se organiza en las Consejerías que a continuación se indican:
- Consejería de Presidencia
- Consejería de Economía y Hacienda
- Consejería de Agricultura y Agua
- Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio
- Consejería de Cultura y Turismo
- Consejería de Sanidad y Política Social
- Consejería de Industria, Empresa e Innovación
- Consejería de Educación, Universidades y Empleo
Disposición transitoria
El personal afectado por las modificaciones orgánicas establecidas en el presente Decreto seguirá percibiendo la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos a los que venían imputándose, hasta que se proceda a las correspondientes modificaciones presupuestarias.
Disposición derogatoria
Queda derogado el Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma n.º 12/2011, de 27 de junio, de reorganización de la Administración Regional.
Disposición final única
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
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