Grado Superior de Formación Profesional en Desarrollo de Aplicaciones Web

 24/07/2013
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Decreto 52/2013, de 17 de julio, de primera modificación del Decreto 184/2012, de 8 de agosto, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior de Formación Profesional en Desarrollo de Aplicaciones Web (BOPA de 23 de julio de 2013). Texto completo.

DECRETO 52/2013, DE 17 DE JULIO, DE PRIMERA MODIFICACIÓN DEL DECRETO 184/2012, DE 8 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO DEL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN DESARROLLO DE APLICACIONES WEB.

Preámbulo

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo , de Educación, dispone en su artículo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas, que se ajustará a las exigencias derivadas del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.

Asimismo, el artículo 6.4 señala que las Administraciones educativas establecerán el currículo de las distintas enseñanzas, del que formarán parte los aspectos básicos fijados por el Gobierno.

El Gobierno ha dictado el Real Decreto 686/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Web y se fijan sus enseñanzas mínimas.

En el ámbito del Principado de Asturias se dictó el Decreto 184/2012, de 8 de agosto, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior de Formación Profesional en Desarrollo de Aplicaciones Web (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 16 de agosto).

Al ser el Real Decreto 686/2010, de 20 de mayo, norma de carácter básico de conformidad con lo dispuesto en su disposición final primera, resulta necesario modificar el Decreto 184/2012, de 8 de agosto, para adecuarlo, en algunos apartados, a lo establecido en la normativa estatal básica.

En la tramitación del presente decreto se ha solicitado informe al Consejo de Asturias de la Formación Profesional y el dictamen preceptivo del Consejo Escolar del Principado de Asturias, que han sido favorables.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con el Consejo Consultivo y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 17 de julio de 2013,

DISPONGO

Artículo único.-Modificación del Anexo II del Decreto 184/2012, de 8 de agosto, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior de Formación Profesional en Desarrollo de Aplicaciones Web.

Se modifica el Anexo II relativo al currículo del módulo profesional de “Empresa e Iniciativa Emprendedora”, código: 0618, en el apartado de “Orientaciones Pedagógicas”, en los siguientes términos:

Donde dice:

“La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales s) y t) del ciclo formativo y las competencias r) y s) del título.”

Debe decir:

“La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales aa) y ab) del ciclo formativo y las competencias v) y x) del título.”

Disposición final única.-Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

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