Subvenciones destinadas a financiar actividades de comercialización, internacionalización, accesibilidad e innovación de la oferta turística

 11/07/2013
 Compartir: 

Orden CYT/550/2013, de 25 de junio, por la que se modifica la Orden CYT/411/2013, de 23 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar actividades de comercialización, internacionalización, accesibilidad e innovación de la oferta turística y de formación de personal vinculado al sector turístico (BOCYL de 10 de julio de 2013). Texto completo.

ORDEN CYT/550/2013, DE 25 DE JUNIO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN CYT/411/2013, DE 23 DE MAYO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR ACTIVIDADES DE COMERCIALIZACIÓN, INTERNACIONALIZACIÓN, ACCESIBILIDAD E INNOVACIÓN DE LA OFERTA TURÍSTICA Y DE FORMACIÓN DE PERSONAL VINCULADO AL SECTOR TURÍSTICO.

Por Orden CYT/411/2013, de 23 de mayo, publicada en el “Boletín Oficial de Castilla y León” n.º 106, de 5 de junio, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar actividades de comercialización, internacionalización, accesibilidad e innovación de la oferta turística y de formación de personal vinculado al sector turístico.

Entre los objetivos perseguidos por las subvenciones reguladas en la orden que ahora se modifica se encuentran la racionalización y la contención del gasto en aquellas actuaciones promovidas desde las administraciones públicas y los organismos dependientes de estas. Siguiendo este criterio, se consideró conveniente incluir como gasto subvencionable la asistencia a las ferias nacionales de turismo, siempre que se hiciera de forma integrada, en un espacio expositivo común. No obstante, hay que tener en cuenta que la demanda internacional creciente de un turismo de interior hace necesario estar presente en alguna de las ferias internacionales de referencia que se realizan en nuestro país para poder competir en igualdad de condiciones con el resto de regiones, tanto a nivel nacional como internacional. De ambas necesidades surge la motivación de la modificación de uno de los gastos previstos en el artículo 3 y la introducción de un nuevo punto 5.º en el párrafo a) del apartado 2 del mismo artículo 3.

Por otro lado, se suprime del artículo 3.3, uno de los gastos considerados como no subvencionables, ya que si bien la Orden CYT/411/2013, de 23 de mayo, pretende fomentar la innovación de la oferta turística a través de la introducción de nuevas tecnologías en aspectos como la promoción, no puede olvidarse que el uso del papel, como soporte del material promocional, sigue teniendo un alcance importante en el sector turístico.

En su virtud, y en atención a las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONE

Artículo único. Modificación de la Orden CYT/411/2013, de 23 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar actividades de comercialización, internacionalización, accesibilidad e innovación de la oferta turística y de formación de personal vinculado al sector turístico.

La Orden CYT/411/2013, de 23 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar actividades de comercialización, internacionalización, accesibilidad e innovación de la oferta turística y de formación de personal vinculado al sector turístico, se modifica en los términos que se indican a continuación.

Uno. En el artículo 3, se modifica la redacción del punto 4.º del párrafo a), del apartado 2 que pasa a tener la siguiente forma:

“4.º. Aquellos que se deriven de la asistencia de los beneficiarios a las ferias nacionales de turismo en las que participe la Consejería de Cultura y Turismo, siempre que lo hagan de forma integrada en un espacio expositivo común, tales como la contratación del personal para atender el stand y su desplazamiento o la edición del material promocional.

Dos. Se incorpora un nuevo punto 5.º en el párrafo a) del apartado 2, del artículo 3 con la siguiente redacción:

“5.º. Aquellos que se deriven de la asistencia de los beneficiarios a la Feria Internacional del Turismo de Interior (INTUR), tales como alquiler del suelo, diseño, producción, montaje y desmontaje del stand y su transporte; contratación del personal para atender el stand y su desplazamiento, así como la edición del material promocional.”

Tres. En el artículo 3, se suprime el párrafo c) del apartado 3, pasando el párrafo d) a ser el párrafo c).

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana