Labores de tabaco

 09/07/2013
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Resolución de 8 de julio de 2013, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears (BOE de 9 de julio de 2013). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 8 DE JULIO DE 2013, DE LA PRESIDENCIA DEL COMISIONADO PARA EL MERCADO DE TABACOS, POR LA QUE SE PUBLICAN LOS PRECIOS DE VENTA AL PÚBLICO DE DETERMINADAS LABORES DE TABACO EN EXPENDEDURÍAS DE TABACO Y TIMBRE DE LA PENÍNSULA E ILLES BALEARS.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

  Precio total de venta al público - Euros/cajetilla
A) Cigarrillos  
Cohiba Duro 4,10
Popular Negro KS 3,95
Popular Reserva Selecto 3,95

  Precio total de venta al público - Euros/unidad
B) Picaduras de liar  
Ajja 17 Blonde (40 g) 6,60
Ajja 17 Extra Blonde (40 g) 6,60
Cutters Choice (50 g) 8,25
Golden American para entubar (80 g) 12,50
Lucky Strike Make Your Own (85 g) 14,05
Lucky Strike Original Tobacco (30 g) 4,95
Lucky Strike Original Tobacco (80 g) 13,20
Lucky Strike para entubar (15 g) 2,60
Lucky Strike para entubar (25 g) 4,20
Lucky Strike para entubar (75 g) 12,40
Pall Mall para entubar (105 g) 17,35
Pall Mall para entubar (25 g) 4,15
Pall Mall para entubar (70 g) 11,55
Pall Mall para liar (15 g) 2,75
Pall Mall para liar (30 g) 4,95
Pall Mall Roll New Orleans Sun Ripened Tobacco (200 g) 31,75
Samson Bright Blend (50 g) 8,30
Samson Gold Blend (50 g) 8,30
Samson Original Blend (50 g) 8,30

Segundo.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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