Estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón

 27/05/2013
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Decreto 76/2013, de 14 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 156/2011, de 25 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 24 de mayo de 2013). Texto completo.

DECRETO 76/2013, DE 14 DE MAYO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 156/2011, DE 25 DE JULIO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.

Por Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia de Aragón se establece la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y como consecuencia de la nueva organización, se aprueba el Decreto 156/2011, de 25 de julio , del Gobierno de Aragón por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por Decreto de 30 de diciembre de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma reasignando competencias a los Departamentos que la conforman y, en consecuencia, se modifica también la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón por Decreto 1/2012, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, para adaptarse a la nueva organización departamental.

En la actualidad, se considera necesario redistribuir las competencias en materia de dependencia e inmigración, que se encuentran repartidas entre la Dirección General de Bienestar Social y Dependencia y el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, concentrándolas en este último, con la finalidad de garantizar la acción unificada en la gestión del Sistema Público de Servicios Sociales, conforme al principio de descentralización funcional. Además, razones de eficiencia y eficacia hacen conveniente unificar también las funciones de planificación, coordinación, autorización, acreditación, registro e inspección de las áreas sanitaria y de servicios sociales, atribuyendo su ejercicio a un único órgano directivo.

Estas razones esgrimidas justifican la necesidad de modificar nuevamente la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, puesto que se propone suprimir la Dirección General de Bienestar Social y Dependencia del Departamento de Sanidad, de Bienestar Social y Familia.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 320/2011, de 27 de septiembre , del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión de 14 de mayo de 2013,

DISPONGO:

Artículo único. Modificar el apartado nueve del artículo 2 del Decreto 156/2011, de 25 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Se modifica el apartado nueve del artículo 2 del Decreto 156/2011, de 25 de julio, que queda redactado de la siguiente manera:

"9. - Departamento de Sanidad, de Bienestar Social y Familia

- Secretaría General Técnica

- Dirección General de Planificación y Aseguramiento

- Dirección General de Consumo

- Dirección General de Salud Pública

- Dirección General de Calidad y Atención al Usuario

- Dirección General de Familia"

Disposición derogatoria única. Cláusula derogatoria.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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