Estructura organizativa de Gestión Integrada de las áreas de Lugo, Cervo y Monforte de Lemos

 08/04/2013
 Compartir: 

Decreto 55/2013, de 21 de marzo, por el que se regula la estructura organizativa de Gestión Integrada de las áreas de Lugo, Cervo y Monforte de Lemos (DOG de 5 de abril de 2013). Texto completo.

DECRETO 55/2013, DE 21 DE MARZO, POR EL QUE SE REGULA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE GESTIÓN INTEGRADA DE LAS ÁREAS DE LUGO, CERVO Y MONFORTE DE LEMOS.

La Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, establece en su artículo 97 que la modernización del sistema requiere la introducción de nuevos modelos de gestión que dinamicen el servicio público y garanticen un marco de innovación tecnológica adecuado, con el fin de obtener mayor rentabilidad social.

El Decreto 168/2010, de 7 de octubre , por el que se establece la estructura organizativa de gestión integrada del Servicio Gallego de Salud, regula estas como instrumentos de organización, sin personalidad jurídica, en el ámbito periférico del Servicio Gallego de Salud, que responde a la necesidad de introducir criterios de funcionalidad y optimización de los recursos existentes, situando las necesidades de los pacientes en el lugar preferente del Sistema público de salud.

De este modo, manteniendo el mapa sanitario de la provincia de Lugo, y las áreas sanitarias existentes en la actualidad, se establece una nueva organización de la gestión sanitaria, integrando en una sola organización los distintos niveles existentes en este momento, con la finalidad de que la actuación del Servicio Gallego de Salud responda a los principios establecidos en el artículo 32 de la Ley de salud de Galicia.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 16/2010, de 27 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico en Galicia y en el artículo 34.5 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, a propuesta de la conselleira de Sanidad, con los informes previos correspondientes y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiuno de marzo de dos mil trece,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

Constituye el objeto de este decreto la creación de la estructura organizativa de Gestión Integrada de Lugo, Cervo y Monforte de Lemos, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 168/2010, de 7 de octubre .

Artículo 2. Alcance

El ámbito de actuación de la estructura organizativa de Gestión Integrada de Lugo, Cervo y Monforte de Lemos es lo que se establece en el anexo del presente decreto.

Artículo 3. Estructura directiva

1. La estructura de gestión integrada, para el ejercicio de sus competencias y el cumplimiento de sus fines, contará con la siguiente estructura:

I. Órganos unipersonales.

a) Gerencia de Gestión Integrada de Lugo.

b) Dirección de Procesos Asistenciales.

c) Dirección de Recursos Económicos.

d) Dirección de Recursos Humanos.

e) Gerencia Ejecutiva de Cervo.

f) Gerencia Ejecutiva de Monforte de Lemos.

II. De la Dirección de Procesos Asistenciales dependerán las siguientes unidades.

a) Dirección de Procesos de Enfermería.

b) Dirección de Procesos con Ingreso.

c) Dirección de Procesos sin Ingreso y Urgencias.

d) Dirección de Procesos de Soporte.

III. El órgano colegiado de la estructura de gestión integrada será la Comisión de Dirección.

2. Podrán constituirse las comisiones necesarias para asesorar sobre la gestión clínica, gestión por procesos, docencia e investigación, calidad, seguridad y atención a la ciudadanía, o cualquier otra que se considere de interés.

Artículo 4. Funciones, requisitos y régimen de suplencias

Las funciones de cada órgano directivo, unipersonal o colegiado, así como los requisitos necesarios que deben cumplir los titulares de los órganos respectivos, régimen de suplencias y organización, serán los establecidos en el Decreto 168/2010, de 7 de octubre .

Disposición adicional única. Remisión normativa

En todo lo no regulado expresamente en este decreto se estará a lo dispuesto en el Decreto 168/2010, de 7 de octubre .

Disposición transitoria única. Continuidad de las comisiones de asesoramiento

Las comisiones de asesoramiento que en la actualidad estuvieran constituidas y en funcionamiento, continuarán con su actividad común, en tanto no se regule su denominación y composición, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 168/2010, de 7 de octubre .

Disposición derogatoria

Quedan derogadas todas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este decreto.

Disposición final primera. Desarrollo

Se faculta a la persona titular de la Consellería de Sanidad para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

ANEXO

Esta estructura gestionará todos los servicios sanitarios (atención primaria, especializada y sociosanitaria) de los siguientes ayuntamientos:

- Área de Lugo.

Abadín, Antas de Ulla, Baleira, Baralla, Becerreá, Begonte, Castro de Rei, Castroverde, Cervantes, O Corgo, Cospeito, Fonsagrada (A), Friol, Guitiriz, Guntín, Incio (O), Láncara, Lugo, Meira, Monterroso, Muras, Navia de Suarna, Negueira de Muñiz, Nogais (As), Outeiro de Rei, Palas de Rei, Paradela, Páramo (O), Pastoriza (A), Pedrafita do Cebreiro, Pol, Pontenova (A), Portomarín, Rábade, Ribeira de Piquín, Riotorto, Samos, Sarria, Taboada, Triacastela, Vilalba y Xermade.

- Área de Cervo.

Alfoz, Barreiros, Burela, Cervo, Foz, Lourenzá, Mondoñedo, Ourol, Ribadeo, Trabada, O Valadouro, O Vicedo, Viveiro y Xove.

- Área de Monforte de Lemos.

Bóveda, Carballedo, Chantada, Folgoso do Courel, Monforte de Lemos, Pantón, Pobra de Brollón (A), Quiroga, Ribas de Sil, O Saviñao y Sober.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  4. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  5. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  8. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  9. INAP: Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado
  10. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana