Estructura organizativa de Gestión Integrada de Vigo

 02/04/2013
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Orden de 25 de marzo de 2013 por la que se desarrolla la estructura organizativa de Gestión Integrada de Vigo (DOG de 1 de abril de 2013). Texto completo.

ORDEN DE 25 DE MARZO DE 2013 POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE GESTIÓN INTEGRADA DE VIGO.

Por el Decreto 168/2010, de 7 de octubre , se regula la estructura organizativa de gestión integrada como instrumento de organización en el ámbito periférico del Servicio Gallego de Salud.

Estas estructuras de gestión sanitaria asumen la gestión funcional de los recursos, las prestaciones y los programas de atención sanitaria, sociosanitaria y de promoción y protección de la salud en la zona de influencia.

Asimismo, fue creada la estructura organizativa de Gestión Integrada de Vigo y definido su ámbito de actuación.

En el decreto de creación de esta estructura se establece que la estructura directiva de gestión integrada está formada por órganos unipersonales y colegiados. Como órganos unipersonales están la Gerencia de Gestión Integrada, la Dirección de Procesos Asistenciales, la Dirección de Recursos Económicos y la Dirección de Recursos Humanos.

En el Decreto 168/2010 también se señala que podrán existir otras unidades directivas dependientes de los órganos antes citados, en caso de que se considere necesario, según el desarrollo y la complejidad de las gerencias.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/2010, de 17 de diciembre , de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, y en el decreto antes citado, a propuesta de la Gerencia del Servicio Gallego de Salud,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

Esta orden tiene por objeto el desarrollo de la estructura organizativa de Gestión Integrada de Vigo, de conformidad con lo establecido en el decreto por lo que se crea y regula dicha estructura.

Artículo 2. Gerencia de Gestión Integrada

De la Gerencia de Gestión Integrada de Vigo dependerán:

a) La Subdirección de Sistemas de Información.

b) La Subdirección de Calidad, Atención al Paciente y Admisión.

Artículo 3. Dirección de Procesos Asistenciales

1. De la Dirección de Procesos de Enfermería dependerán cuatro subdirecciones.

2. Dependiendo de las Direcciones de Procesos con Ingreso, de Procesos sin Ingreso y Urgencias, y de Soporte, podrán existir cuatro subdirecciones. La adscripción de cada una de estas subdirecciones será realizada por el gerente de Gestión Integrada, según las necesidades asistenciales y previa aprobación por la presidenta del Servicio Gallego de Salud.

Artículo 4. Dirección de Recursos Económicos

De la Dirección de Recursos Económicos dependerán dos subdirecciones.

Artículo 5. Dirección de Recursos Humanos

De la Dirección de Recursos Humanos dependerá una subdirecciones.

Disposición adicional única. Proceso de extinción

A los efectos de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Decreto 168/2010, de 7 de octubre , la extinción de las actuales gerencias de atención primaria y del Complejo Hospitalario Universitario de Vigo y el efectivo funcionamiento de la estructura organizativa de gestión integrada de Vigo se producirá a la entrada en vigor de esta orden.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

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