Auto de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 13 de febrero de 2013

 20/03/2013
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Auto de 13 de febrero de 2013, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por el que se rectifican errores en el fallo de la Sentencia de 21 de diciembre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anulan las expresiones "de grado" y "graduado o graduada" contenidas en el título, articulado y anexos del Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado de Diseño establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Texto completo.

AUTO DE 13 DE FEBRERO DE 2013, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, POR EL QUE SE RECTIFICAN ERRORES EN EL FALLO DE LA SENTENCIA DE 21 DE DICIEMBRE DE 2012, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, POR LA QUE SE ANULAN LAS EXPRESIONES "DE GRADO" Y "GRADUADO O GRADUADA" CONTENIDAS EN EL TÍTULO, ARTICULADO Y ANEXOS DEL REAL DECRETO 631/2010, DE 14 DE MAYO, POR EL QUE SE REGULA EL CONTENIDO BÁSICO DE LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES DE GRADO DE DISEÑO ESTABLECIDAS EN LA LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN.

En el recurso contencioso-administrativo número 366/2010, promovido por la Universidad de Granada, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado Auto de fecha 13 de febrero de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

LA SALA ACUERDA

Procede rectificar de oficio los errores en que en su fallo incurrió la sentencia dictada en veintiuno de diciembre de dos mil doce que en consecuencia queda del siguiente modo: “Inadmitir la pretensión anulatoria formulada en demanda contra los artículos 7.1, 8, 11, 12 y disposición adicional séptima del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Estimar parcialmente el recurso contencioso administrativo núm. 366/2010 interpuesto por la representación procesal de la Universidad de Granada frente al Real Decreto 632/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado de Danza establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, anulando por no ser conformes a Derecho las expresiones "de grado" y "graduado o graduada" contenidas en el título, articulado y anexos del citado Real Decreto para referirse a las enseñanzas artísticas superiores en Danza y al título que llevan aparejado; y el artículo 4.3 del mismo Real Decreto. Desestimando el recurso en todo lo demás.”

No hacer imposición de las costas causadas.

Publíquese este fallo en el “Boletín Oficial del Estado”.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos, Ricardo Enríquez Sancho; Segundo Menéndez Pérez; Enrique Lecumberri Martí; Celsa Pico Lorenzo; Santiago Martínez-Vares García.

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