CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 4951-2012, EN RELACIÓN CON EL APARTADO 2.B).7 DEL ARTÍCULO 16 DE LA LEY 20/1998, DE 27 DE NOVIEMBRE, DE ORDENACIÓN Y COORDINACIÓN DE LOS TRANSPORTES URBANOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, POR POSIBLE VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 25.1 DE LA CE.
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, por auto de 25 de febrero actual, ha acordado declarar extinguida, por desaparición sobrevenida de su objeto, la cuestión de inconstitucionalidad número 4951-2012, planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en relación con el apartado 2.b), número 7, del artículo 16 de la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid, por posible vulneración del artículo 25.1 de la CE, que fue admitida a trámite por providencia de 2 de octubre de 2012 (Boletín Oficial del Estado número 246, de 12 de octubre de 2012).
Madrid, 25 de febrero de 2013.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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