CUESTIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD N.ºS. 2219-2012, 3154-2012, 3669-2012, 4839-2012, 4840-2012 Y 6807-2012, EN RELACIÓN CON EL APARTADO 2.B) NÚMERO 7 DEL ARTÍCULO 16 DE LA LEY 20/1998, DE 27 DE NOVIEMBRE, DE ORDENACIÓN Y COORDINACIÓN DE LOS TRANSPORTES URBANOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, POR POSIBLE VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 25.1 DE LA CONSTITUCIÓN.
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, por autos de 25 de febrero actual, ha acordado declarar extinguidas, por desaparición sobrevenida de su objeto, las cuestiones de inconstitucionalidad números 2219-2012, 3154-2012, 3669-2012, 4839-2012, 4840-2012 y 6870-2012, que fueron planteadas por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en relación con el apartado 2.b), número 7, del artículo 16 de la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid, por posible vulneración del artículo 25.1 de la Constitución. Admitidas a trámite (Boletín Oficial del Estado números 130, de 31 de mayo de 2012; 154, de 28 de junio de 2012; 176, de 24 de julio de 2012; 234, de 28 de septiembre de 2012, y 307, de 22 de diciembre de 2012).
Madrid, 25 de febrero de 2013.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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