RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 631-2013, CONTRA EL ARTÍCULO 41 Y DISPOSICIÓN FINAL SÉPTIMA, EN LO RELATIVO A LA ENTRADA EN VIGOR DEL CITADO ARTÍCULO 41, DE LA LEY DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 3/2012, DE 28 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES PARA 2013.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 26 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 631-2013, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el artículo 41 y disposición final séptima, en lo relativo a la entrada en vigor del citado artículo 41, de la Ley del Principado de Asturias 3/2012, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2013. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -1 de febrero de 2013-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
Madrid, 26 de febrero de 2013.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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