Comisión de Expertos para la Reforma de la Administración Pública

 25/02/2013
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Orden GRI/29/2013, de 18 de febrero, por la que se crea la Comisión de Expertos para la Reforma de la Administración Pública y su sector Público (DOGC de 22 de febrero de 2013). Texto completo.

ORDEN GRI/29/2013, DE 18 DE FEBRERO, POR LA QUE SE CREA LA COMISIÓN DE EXPERTOS PARA LA REFORMA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y SU SECTOR PÚBLICO.

La Administración pública catalana debe llevar a cabo una reforma que logre articular un modelo de acuerdo con los principios de eficiencia, de transparencia y de rendición de cuentas.

Esta reforma debe abarcar tanto la estructura departamental, así como las entidades que, bajo diversas formas jurídicas, son dependientes, con el fin de conseguir un sector público más eficiente, flexible y transparente.

El artículo 136 del Estatuto de autonomía atribuye a la Generalidad de Cataluña competencia exclusiva sobre la ordenación y la organización de la función pública. Asimismo, el artículo 150 atribuye a la Generalidad, en materia de organización de su administración, la competencia exclusiva sobre la estructura, la regulación de los órganos y del personal directivo público, el funcionamiento y la articulación territorial, y las diversas modalidades organizativas e instrumentales para la actuación administrativa.

El Decreto 200/2010, de 27 de diciembre , de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, atribuye al Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales las funciones de impulso de estrategias y de evaluación de las administraciones públicas y del sector público, así como su estructura y dimensionamiento, organización, funcionamiento, coordinación y desarrollo de la administración electrónica, la formación del personal al servicio de las administraciones públicas y la función pública.

A los efectos de avanzar en la reforma de la Administración pública y su sector público, y en línea con lo indicado en el Bloque 5 del informe del Consejo Asesor para la Reactivación Económica y el Crecimiento (CAREC), “Cataluña: visión y objetivos económicos de futuro”, hay que delimitar lo que deben ser los pilares básicos de esta reforma.

Por esta razón, se considera necesario constituir una comisión de expertos que elabore un informe para la reforma de la Administración pública y su sector público.

De acuerdo con los artículos 12 y 22 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Creación

Se crea, con carácter temporal, la Comisión de Expertos para la Reforma de la Administración Pública y su Sector Público, que se adscribe al Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, que le da apoyo administrativo y logístico.

Artículo 2

Composición

La Comisión de Expertos se compone de cinco personas miembros, nombradas por la vicepresidenta del Gobierno.

Artículo 3

Funciones de la Comisión de Expertos

La Comisión de Expertos redactará un informe para la reforma de la Administración pública y de su sector público, que entregará a la vicepresidenta del Gobierno en el plazo de tres meses.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Anexos

Omitidos.

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