Ampliación de los medios traspasados por la Generalidad de Cataluña al Consejo General de Aran en materia de servicios sociales

 15/02/2013
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Decreto 109/2013, de 8 de febrero, de ampliación de los medios traspasados por la Generalidad de Cataluña al Consejo General de Aran en materia de servicios sociales (DOGC de 14 de febrero de 2013). Texto completo.

DECRETO 109/2013, DE 8 DE FEBRERO, DE AMPLIACIÓN DE LOS MEDIOS TRASPASADOS POR LA GENERALIDAD DE CATALUÑA AL CONSEJO GENERAL DE ARAN EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES.

La Ley 16/1990, de 13 de julio , sobre el régimen especial de la Vall d’Aran, establece en el artículo 20.3 que la Generalidad debe ceder al Consejo General de Aran competencias y servicios sobre diversas materias, entre las que, en el apartado d), se hace referencia a los servicios sociales.

Mediante el Decreto 285/2003, de 4 de noviembre, de traspaso de competencias y servicios de la Generalidad de Cataluña al Consejo General de Aran en materia de servicios sociales, se aprobó el Acuerdo de traspaso de competencias y servicios de la Generalitat de Cataluña al Consejo General de Aran en materia de servicios sociales.

El Pleno de la Comisión Gobierno de la Generalidad- Consejo General de la Vall d’Aran, en fecha 14 de diciembre de 2011, adoptó un acuerdo relativo a la ampliación de los medios transferidos en materia de servicios sociales, de conformidad con el procedimiento previsto en el Decreto 275/1991, de 11 de diciembre, por el que se desarrollan la composición, la organización y el funcionamiento de la mencionada Comisión, ampliación que ha sido definitivamente aprobada mediante el Acuerdo de la propia Comisión Gobierno de la Generalidad- Consejo General de la Vall d’Aran, de fecha 13 de diciembre de 2012.

A propuesta de la vicepresidenta del Gobierno, y consejera de Gobernación y Relaciones Institucionales, y de la consejera de Bienestar Social y Familia, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo único

Aprobar el Acuerdo de ampliación de los medios transferidos por la Generalidad de Cataluña al Consejo General de Aran en materia de servicios sociales, que se publica anexo a este Decreto.

Anexo

Acuerdo sobre ampliación de los medios traspasados por la Generalidad de Cataluña en materia de servicios sociales

Mediante el Decreto 285/2003, de 4 de noviembre, se aprobó el Acuerdo de traspaso de competencias y servicios de la Generalidad de Cataluña al Consejo General de Aran en materia de servicios sociales.

El apartado 6.1 del acuerdo de traspaso establece el importe que se traspasa en concepto de gastos de funcionamiento y mantenimiento ordinario de la Residencia Geriátrica Sant Antoni de Vielha y del Centro de Día para Personas Mayores de Vielha y prevé que una vez ejecutadas las obras de ampliación de la residencia, el importe a traspasar se actualice, de acuerdo con el nuevo número de plazas.

En relación con el Servicio de Información y Atención a las Mujeres en el Aran, el Instituto Catalán de las Mujeres trabaja para dotar económicamente y técnicamente a los entes locales con el objetivo de que éstos desarrollen este servicio de proximidad con eficacia y eficiencia y garantizar el acceso de las mujeres de toda Cataluña a la información y asesoramiento. Desde 2010 la financiación de este servicio se ha articulado mediante la figura del contrato programa entre el Departamento de Bienestar Social y Familia y el Consejo General de Aran, en materia de servicios sociales, otros programas relativos al bienestar social y políticas igualdad.

En consecuencia procede ampliar la aportación económica de la Generalidad de Cataluña para la financiación de los servicios sociales traspasados al Consejo General de Aran en los términos que se exponen a continuación.

-1 Ampliación de medios traspasados

Se amplía la cuantía correspondiente a la financiación de los servicios traspasados al Consejo General de Aran mediante el Decreto 285/2003, en los siguientes términos:

Dada la ampliación de catorce plazas residenciales de la Residencia y Centro de Día para Personas Mayores Sant Antoni de Vielha, así como la necesidad de garantizar un marco estable de financiación de estos servicios, se amplía en 314.060 euros la cuantía correspondiente a la financiación de los servicios traspasados al Consejo General de Aran, mediante el Decreto 285/2003. Esta ampliación corresponde a los gastos de funcionamiento y mantenimiento ordinario de las catorce plazas de nueva creación mencionadas.

La Generalidad de Cataluña transfiere al Consejo General de Aran, en materia de políticas de igualdad, la financiación del Servicio de Información y Atención a las Mujeres en l’Aran por un importe de 23.000 euros anuales.

El cálculo de las dotaciones económicas previstas en los párrafos anteriores se ha establecido para toda la anualidad. Para el ejercicio 2013, estos importes van a cargo del Departamento de Bienestar Social y Familia. Para ejercicios futuros, este importe se incluirá en la valoración económica del acuerdo de financiación entre la Generalidad de Cataluña y el Consejo General de Aran y se actualizará de acuerdo con lo que disponga el citado acuerdo.

-2 Colaboración entre ambas administraciones

Con el objetivo de conseguir la máxima eficiencia y eficacia en la gestión de los servicios traspasados mediante el Decreto 285/2003, de 4 de noviembre, y de los que son objeto de esta ampliación, el Consejo General de Aran y el departamento competente en materia de servicios sociales y de políticas de igualdad, deben colaborar en los términos del contrato programa que formalicen con la periodicidad que establezcan. El contrato programa debe incluir los acuerdos alcanzados entre ambas administraciones en relación con las acciones a desarrollar, los flujos de información necesarios y los mecanismos de evaluación correspondientes.

-3 Efectividad del Acuerdo

Este acuerdo producirá efectos a partir del 1 de enero de 2013.

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