CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 5642-2012, EN RELACIÓN CON EL APARTADO C) DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA DE LA LEY 40/2007, DE 4 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL, POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 10.1 Y 14 DE LA CONSTITUCIÓN.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 29 de enero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5642-2012 planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el recurso de suplicación núm. 781/2011, en relación con el apartado c) de la disposición adicional tercera de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre de 2007, de medidas en materia de Seguridad Social, por posible vulneración de los artículos 10.1 y 14 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso de suplicación núm. 781/2011, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 29 de enero de 2013.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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