Homologación de acciones formativas

 25/01/2013
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Resolución de 16 de enero de 2013, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se modifica la de 25 de septiembre de 2008, por la que se regula el procedimiento de homologación de acciones formativas organizadas por promotores externos a la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA de 24 de enero de 2013). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 16 DE ENERO DE 2013, DEL INSTITUTO ANDALUZ DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, POR LA QUE SE MODIFICA LA DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 2008, POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE HOMOLOGACIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS ORGANIZADAS POR PROMOTORES EXTERNOS A LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.

Mediante Resolución de 25 de septiembre de 2008 (BOJA núm. 199, de 6 de octubre), el Instituto Andaluz de Administración Pública reguló el procedimiento de homologación de las acciones formativas a desarrollar por los promotores externos a la Administración de la Junta de Andalucía.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, dictó sentencia en el recurso de apelación núm. 289/2011, con fecha 21 de septiembre de 2011, declarando la nulidad del punto segundo de la Resolución mencionada, en lo que respecta a las organizaciones sindicales como promotores de formación; en consecuencia, conforme a lo estipulado en la Resolución de 13 de febrero de 2012, emitida por este Instituto, de ejecución de sentencia, procede la adaptación de la misma.

Por todo lo cual, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 277/2009, de 16 de junio, esta Dirección

RESUELVE

Apartado Único. Modificar la Resolución de 25 de septiembre de 2008, por la que se regula el procedimiento para la homologación de acciones formativas organizadas por promotores externos a la Administración de la Junta de Andalucía, en los términos siguientes:

Primero. Se modifica el apartado segundo.1.e), que queda redactado como sigue:

“e) Las organizaciones sindicales, legalmente constituidas, que cuenten con representatividad acreditada con base en las últimas elecciones para Delegados, Juntas de Personal y Comités de Empresa en los ámbitos del personal funcionario y laboral al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía, y del personal no judicial al servicio de la Administración de Justicia, cuya gestión esté transferida a esta Comunidad Autónoma.

El Consejo Rector del Instituto Andaluz de Administración Pública establecerá un cupo anual de horas, destinadas a acciones formativas que puedan ser promovidas por estas organizaciones. Este cupo será distribuido proporcionalmente a la representación que cada organización ostente en los ámbitos expresados con anterioridad, referida al 31 de diciembre del año precedente”.

Segundo. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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