RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 5491-2012, CONTRA EL ARTÍCULO 114 DE LA LEY 9/2011, DE 29 DE DICIEMBRE, DE PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DE CATALUÑA, POR EL QUE SE MODIFICAN LOS APARTADOS 3 Y 4 DEL ARTÍCULO 9 DEL DECRETO-LEY 1/2009, DE 22 DE DICIEMBRE, DE ORDENACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES DE CATALUÑA.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 15 de enero actual en el recurso de inconstitucionalidad número 5491-2012, promovido por el Presidente del Gobierno, ha acordado levantar la suspensión del artículo 114 de la Ley 9/2011, de 29 de diciembre, de Promoción de la Actividad Económica de Cataluña, por el que se modifican los apartados 3 y 4 del artículo 9 del Decreto-Ley 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de equipamientos comerciales de Cataluña, suspensión que se produjo con la admisión a trámite del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado número 256, de 24 de octubre de 2012.
Madrid, 15 de enero de 2013.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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