El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria) regulará el uso y disfrute de casi 40 kilómetros de litoral

 03/12/2012
 Compartir: 

El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, en Gran Canaria, tendrá una ordenanza para regular el uso, aprovechamiento, disfrute y conservación de sus casi 40 kilómetros de litoral, lo que no sólo incluye playas, zonas de baño, sino también importantes enclaves naturales, arqueológicos y paleontológicos costeros.

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 30 Nov. (EUROPA PRESS) -

Esta normativa, explicó el Consistorio en nota de prensa, será elevada por el alcalde del municipio, Marco Aurelio Pérez, en el pleno municipal que se celebrará el próximo lunes, 3 de diciembre.

De esta forma, esta será la primera ordenanza que regulará el uso del litoral del municipio, trámite que hasta ahora se venía cubriendo a través del dictado de bandos municipales que "no contemplaban la capacidad sancionadora contra las posibles infracciones".

Sin embargo, Pérez recordó que en 2005 ya intentó dotar al Ayuntamiento de esta normativa de playas pero la moción de censura "en su contra y el posterior cambio de gobierno impidió que se aprobara definitivamente aquel año".

De todos modos, la ordenanza que se impulsará ahora desde el equipo de gobierno para el litoral "corrige, actualiza y mejora" el documento de 2005 y lo revoca, ya que se adecua a la legislación vigente de Costas.

"La ordenanza ha sido sometida a rigurosos filtros técnicos para que disponga de las máximas garantías jurídicas, tanto que cuenta incluso con un informe favorable de la Demarcación de Costas", aseguró el edil de Atención y Cuidado del Litoral, responsable del trámite de esta normativa, José Carlos Álamo.

GARANTIZAR EL USO PÚBLICO

En cuanto a la ordenanza, que contempla al paisaje litoral del municipio como un recurso medioambiental y turístico de "especial importancia", pretende garantizar y promocionar el mejor uso público de las playas del sur, ya que busca mantener las playas y lugares públicos de baño en las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad.

Asimismo, regula y fomenta las actividades, así como deportes compatibles con los valores naturales, ambientales y patrimoniales del litoral; vigila el cumplimiento de las normas estatales sobre salvamento y seguridad, y regulariza el establecimiento de sanciones contra las infracciones.

En dicha ordenanza también se establece que la temporada de baño es durante todo el año, siendo la Concejalía de Atención y Cuidado del Litoral la que reglamentará y comunicará a principios de año los horarios en las que las zonas de baño estarán vigiladas por el personal de salvamento.

Respecto al paseo, estancia y el baño pacífico en la playa en el mar, "tienen preferencia sobre cualquier otro uso", mientras que las instalaciones que se autoricen en las playas serán de libre acceso público salvo razones policiales o económicas de interés público.

Los espectáculos públicos que requieran la ocupación del dominio público marítimo terrestre estarán sujetos a la previa autorización o concesión del Estado.

En relación a las actividades recreativas, deportivas y culturales en el litoral, la ordenanza impide las construcciones de obra fija, y se opone al desarrollo de espectáculos o actividades que inciten al consumo de bebidas alcohólicas o a hábitos no saludables o indeseables a nivel sanitario y medioambiental.

Sobre los campamentos y acampadas la ordenanza los prohibirá durante todo el año y a cualquier hora, permitiendo sólo los parasoles, así como mesas y sillas de complemento, de tal forma que quienes vulneren esta prohibición tendrán que desalojar de inmediato a requerimiento verbal de la Policía.

También se prohíbe pernoctar en las playas y se incluye en la prohibición la instalación de vehículos o remolques, entre otras muchas cuestiones.

Por otro lado, la ordenanza del litoral recoge infracciones leves, graves y muy graves, con sanciones y multas que pueden ir desde los 750 euros hasta los 3.000 euros, en función de la gravedad.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  9. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana