Ascienden al 85%

La nueva ley del alquiler prevé bonificaciones fiscales en el Impuesto de Sociedades

 24/08/2012
 Compartir: 

La nueva Ley de Flexibilización y Fomento del Mercado de Alquiler de Viviendas que aprobará este viernes el Consejo de Ministros contempla bonificaciones fiscales del 85% en el Impuesto de Sociedades para el arrendamiento de inmuebles.

MADRID, 24 Ago. (EUROPA PRESS) –

Según ha explicado el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, el objetivo de esta nueva medida es extender el régimen especial de arrendamiento "al mayor número de personas posible".

Para ello, el Ministerio de Fomento ha elaborado un Proyecto de Ley que rebaja el requisito mínimo de viviendas arrendadas de diez a ocho. Además éstas "solo deberán permanecer en régimen de alquiler al menos durante tres años, cuando el periodo mínimo anterior era de seis", ha avanzado Ferre.

En cuanto al Impuesto sobre la Renta de No Residentes, el secretario de Estado ha señalado que se reduce "considerablemente" para incluir solo la imposición a las entidades residentes en un paraíso fiscal, "mientras que antes no existían exenciones en el tributo sobre los rendimientos derivados del arrendamiento de viviendas".

Asimismo, la nueva ley prevé que las entidades residentes en un paraíso fiscal propietarias de bienes inmuebles en España serán sometidas a un gravamen especial.

Ferre ha indicado que todas estas medidas fiscales se llevan a cabo con el propósito de que la gente tenga más capacidad de adquirir el 'stock' de vivienda que hay en España, y ha reconocido que van unidas a la creación del 'banco malo', "pues este ente tendrá la misma misión".

FOMENTO DE LAS SOCIMI

Dentro del apartado fiscal, la nueva normativa también quiere fomentar la creación y el funcionamiento de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (Socimi), "pues son unos instrumentos que persiguen el objetivo de la liquidez".

El secretario de Estado de Hacienda ha resaltado que la ley que aprobará mañana el Gobierno reducirá el plazo de mantenimiento de los inmuebles en arrendamiento promovidos por la entidad de un plazo de siete años a uno de tres.

Asimismo, se eliminarán los requisitos de diversificación (tener al menos tres inmuebles en su activo y que ninguno de ellos represente el 40% del activo de la entidad) y el capital social mínimo se reducirá de 15 millones de euros a cinco millones.

Además, la obligación de distribución del 90% de los beneficios que no deriven en dividendos a los accionistas baja al 80%, "pues se quiere destinar más dinero para la recapitalización y que las Socimi dependan menos de la financiación ajena, algo que ahora es muy difícil de conseguir".

Ferre ha reiterado que todas estas novedades solo persiguen dar "facilidades" para la utilización de este tipo de vehículos, "pues el Gobierno apuesta fuertemente por ellos".

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Reconoce el Supremo la condición de fijos a los trabajadores de las Administraciones públicas que encadenan contratos con abuso en la temporalidad siempre que hayan superado la prueba de acceso al empleo público, aunque no obtengan plaza
  2. Actualidad: Más de 152.000 opositores se han presentado a las 18.000 plazas de empleo público de la Administración del Estado
  3. INAP: El Instituto de las Mujeres, en colaboración con el INAP, ha presentado la "Guía de lenguaje inclusivo para la Administración", en el marco de la Semana de la Administración Abierta
  4. Legislación: Reforma del apartado 3 del artículo 69 de la Constitución Española
  5. INAP: Abierto el plazo de matrícula para participar en el XVIII Encuentro del INAP: «Capacidades del Estado digital: IA, ciberseguridad y soberanía tecnológica para servicios públicos confiables»
  6. Actualidad: Así ha sido la Semana de la Administración Abierta en el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
  7. INAP: “Las actuaciones administrativas automatizadas y los sistemas de inteligencia artificial en las Administraciones públicas”, de Amparo Mora Martí
  8. Estudios y Comentarios: El «referéndum-iniciativa» en el procedimiento de alteración de los términos municipales: una propuesta de futuro
  9. Tribunal Supremo: No procede la imposición de penalidades al adjudicatario de un contrato por la falta de formalización de este, cuando se ha omitido en los pliegos rectores de la licitación la información relativa a la subrogación del personal de la empresa contratista saliente
  10. Legislación: Subvenciones dirigidas a los ayuntamientos de municipios y a las diputaciones provinciales del ámbito de la Comunidad de Castilla y León

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana