Tribunal Supremo

Estatal - Penal

Se condena al alcalde de un municipio por el delito contra el ejercicio de los derechos cívicos por impedir y obstaculizar a la portavoz del partido contrario el acceso a determinado expediente y documentación

No ha lugar al recurso interpuesto contra la sentencia que condenó al recurrente como autor de un delito contra el ejercicio de derechos cívicos. Declara la Sala que la determinación de la conducta típica consiste en impedir a sabiendas el ejercicio de los derechos cívicos, que ha de entenderse como estorbar o dificultar la consecución de un propósito, esto es, crear un obstáculo que imposibilite realmente algo que se quiere.

 

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