La Famcp pide aplicar el silencio positivo también en la administración local

 12/01/2021
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Este lunes, en las Cortes de Aragón, se ha celebrado el debate del proyecto de Ley sobre simplificación administrativa. Allí ha comparecido el presidente de la Famcp, Luis Zubieta, quien ha solicitado “la aplicación del silencio positivo también a la administración local, algo clave para impulsar el compromiso de las administraciones en la defensa de los intereses de los ciudadanos”.

Aragondigital.es 11.01.21

El Consejo de Gobierno aprobó el pasado mes de diciembre esta norma que atiende la demanda social y empresarial de simplificar y agilizar la acción y el funcionamiento de la administración pública pactado en la Estrategia Aragonesa de Recuperación Social y Económica.

Entre otras cuestiones, este proyecto de ley institucionaliza la política de simplificación administrativa como objetivo horizontal en todo el sector público; regula la gestión coordinada de procedimientos, autonómicos y locales, para proyectos concretos o para áreas de actividad; la declaración responsable o comunicación previa de reglas generales, salvo norma europea, estatal o razón imperiosa de interés general, y el silencio positivo como regla general, salvo norma europea, estatal o razón imperiosa de interés general, así como la revisión a la baja de todos los plazos de silencio en los próximos seis meses.

En este sentido, ha señalado Zubieta, “el titulo tercero es la esencia del proyecto de ley donde la declaración responsable y la comunicación previa como sistemas preferentes de intervención, en sustitución del régimen de autorización previa, darán un giro trascendental a los mecanismos reguladores y de intervención de la administración en la actividad de los ciudadanos”.

Durante su comparecencia, el presidente de la Famcp ha resaltado que “algunas administraciones locales ya han venido impulsando dichas medidas para la gestión del inicio de determinadas actividades y proyectos, con excelentes resultados”.

Igualmente, “estas administraciones han avanzado en la técnica de formalizar convenios con colegios profesionales que garanticen de forma previa el cumplimiento normativo del solicitante, agilizando la concesión de licencias y autorizaciones”, ha incidido. Además, la norma “consolida estos mecanismos con la figura de las entidades colaboradoras de certificación”.

Sin embargo, en este título, ha lamentado Zubieta, por medio de la disposición adicional octava “se excluye a la administración local de la aplicación de la regla general del silencio administrativo positivo (manteniéndolas en la regulación estatal y sectorial de esta figura), con las excepciones y cautelas que en el capítulo que lo regula se recogen”.

Dicha figura administrativa, así como la revisión de los plazos de resolución de expedientes y procedimientos -también recogidos en este capítulo-, “nos parecen claves para impulsar el compromiso de las administraciones en la legítima defensa de los intereses de nuestros ciudadanos”, ha aseverado el presidente de la Famcp.

Por este motivo, “sería deseable que la disposición adicional octava, que regula la aplicabilidad de la norma a los entes locales, recogiera que el título tercero lo fuera en su totalidad”, ha señalado Luis Zubieta.

Para finalizar su comparecencia, el presidente de la Famcp ha querido señalar “las disposiciones finales que propician numerosas modificaciones legales como la Ley de Hacienda de la CCAA, la de Subvenciones, la de Urbanismo, la de Contratos del Sector Público y otras, pero echamos en falta adaptaciones también en materia de concesiones y autorizaciones en normas como la Ley de Montes de Aragón, o la de Vías Pecuarias, sin querer se exhaustivos en nuestro señalamiento”.

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