La Comunidad de Madrid subvencionará másteres y cursos de posgrado a los empleados públicos regionales

 03/11/2020
 Compartir: 

La Comunidad de Madrid ha incluido la posibilidad de cursar másteres, cursos de posgrado, seminarios o cursos de alta especialización en la nueva oferta de formación dirigida a los empleados públicos de la Administración regional. Esta nueva modalidad está enfocada al personal funcionario y laboral con funciones directivas o predirectivas en posesión del título de doctor, licenciado, arquitecto, ingeniero o Grado.

Rrhhpress.com 31.10.20

La formación, ya sea presencial, semipresencial o virtual, se impartirá en escuelas de negocios, universidades u otros centros de formación de reconocido prestigio, que serán los que extiendan el correspondiente certificado una vez completado el programa.

Además, su contenido ha de estar ligado a materias vinculadas a la gestión de la Administración regional o que permitan la adquisición de habilidades y capacidades de liderazgo, dirección, planificación y gestión.

La Comunidad de Madrid se hará cargo de la totalidad del coste de la matriculación de los alumnos siempre que el importe no exceda los 1.000 euros. En el caso de superarlos, la Dirección General de Función Pública abonará el 90 % del coste de matriculación con un límite máximo de 6.000 euros, teniendo que asumir el propio interesado la diferencia.

Para acceder a este tipo de formación el interesado deberá presentar la solicitud con una antelación mínima de dos meses a la fecha prevista de inicio de la misma, y deberá acompañarla tanto de una memoria explicativa que recoja sus características como las razones que justifiquen su pretensión y los beneficios que reportará al desempeño de su actividad dentro de la Administración.

También tiene que adjuntarse una declaración responsable sobre el compromiso de finalizar con aprovechamiento la acción formativa y una memoria del centro directivo al que esté adscrito el empleado que corrobore todo lo señalado por el interesado, que le autorice a realizarla, así como que el horario no repercutirá en el normal desempeño de su puesto de trabajo, entre otros aspectos.

Entrega del trabajo fin de máster tras la formación

Una vez obtenga luz verde a la propuesta presentada, será el propio empleado público el que se encargue de realizar las gestiones relacionadas con la matriculación y, tras su conclusión, deberá entregar a la Dirección General de Función Pública un ejemplar en formato digital del trabajo fin de máster o equivalente que, en su caso, haya realizado para superar dicha formación.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: El cupo para personas con discapacidad de al menos el 7% de las plazas ofertadas a cubrir mediante concurso de méritos no puede computarse de tal manera que clases enteras de plazas queden excluidas
  2. Tribunal Supremo: Un funcionario interino puede ser nombrado instructor y secretario de un expediente sancionador tramitado por la Administración
  3. Actualidad: El Gobierno celebra la designación de Concepción Campos Acuña como nueva presidenta del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
  4. Tribunal Supremo: Los funcionarios de la Administración de Justicia en situación de incapacidad temporal no tienen derecho a percibir las retribuciones por las guardias no realizadas
  5. Estudios y Comentarios: La autorización judicial de entrada para la realización de actos de inspección urbanística en la ciudad autónoma de Ceuta
  6. Actualidad: España, por encima de la media de la OCDE en integridad pública y lucha contra la corrupción
  7. Legislación: Compatibilidad del Ingreso Mínimo Vital con los ingresos procedentes de rentas del trabajo
  8. Legislación: Limitación de la cuantía inicial de las pensiones públicas y revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social
  9. INAP: Ya está abierta la convocatoria de la 3ª edición del Curso de Liderazgo e Innovación para Directivos Públicos Latinoamericanos
  10. Tribunal Supremo: El Ministerio de Sanidad debe dictar resolución desfavorable al reconocimiento en España del título de médico especialista obtenido en un Estado no miembro de la UE, si existe informe desfavorable previo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana