Elmeridiano.es 08.10.20
En concreto, el trabajador se presentó a un concurso-oposición libre, por lo que , según la jueza que ha dictado la sentencia <<es evidente que se han respetado los principios de publicidad, igualdad, capacidad y mérito en el acceso al empleo público, en los términos establecidos en los artículos 14 , 23 y 103 de la Constitución Española, no existiendo obstáculo alguno para que la consecuencia de la fraudulenta contratación del actor sea la de fijeza de la relación laboral, en lugar de la habitual, cuando no se cumplen las previsiones legales y constitucionales para el acceso al empleo público y se declara el fraude en la contratación, de relación laboral indefinida no fija>>.
En mayo de 2019, el afectado presentó un contencioso ante el Juzgado de lo Social de Valencia, reclamando que se declarará su condición de empleado fijo, al haber superado un proceso selectivo. Ahora la justicia le ha dado la razón y ha obligado al ayuntamiento a que lo declare fijo.
Noticia aún sin comentar.
Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:
Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.