Elcomercio.es 21.12.18
El texto, tramitado por lectura única, contempla la percepción de un complemento retributivo que alcance la totalidad de las retribuciones fijas del mes de inicio de la baja tanto para el personal incluido en el Régimen General de la Seguridad Social como los acogidos al Régimen de Mutualismo Administrativo.
La nueva ley, que se aplicará en todos los procesos de incapacidad temporal iniciados a partir del 7 de septiembre de 2018, elimina así las restricciones y el régimen de descuentos establecidos a través del Real Decreto aprobado en 2012 por el Gobierno central para garantizar la estabilidad presupuestaria.