Los Ministerios de Hacienda y Función Pública y de Justicia intercambiarán información sobre inmuebles asociados a actividades delictivas

 22/12/2017
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Los Ministerios de Hacienda y Función Pública y Justicia han firmado un protocolo de colaboración que permitirá la agilización del intercambio de información referente a inmuebles registrados en el Catastro con el fin de localizar y administrar los bienes procedentes de actividades delictivas cuando hay una encomienda judicial o del Ministerio Fiscal.

Este protocolo, que tendrá una vigencia inicial de cuatro años prorrogables, lo han suscrito la directora general de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA), Isabel Tarazona, dependiente de la Secretaría de Estado de Justicia, y el director general del Catastro, Fernando de Aragón, adscrito a la Secretaría de Estado de Hacienda.

Mediante este acuerdo, la ORGA recibirá asistencia técnica y asesoramiento del Catastro en el ejercicio de sus funciones, así como en la estimación del valor de mercado de los bienes inmuebles urbanos sobre los que esta Oficina deba intervenir. Las labores de asesoramiento se extienden también a la resolución de divergencias acerca de la información contenida en el Registro de la Propiedad y la que se incluya en el Catastro Inmobiliario.

Además, el Catastro colaborará con la Oficina dependiente del Ministerio de Justicia en la localización de inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales, así como en la transmisión de datos acerca de inmuebles intervenidos, embargados o decomisados cuya localización o gestión haya sido encomendada a la ORGA.

La Oficina de Recuperación y Gestión de Activos se encuentra regulada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal como un órgano administrativo con funciones de localización, recuperación, conservación y administración de efectos procedentes de actividades delictivas, según lo previsto en la legislación penal y procesal.

La actuación de la ORGA responde a la encomienda de jueces o tribunales competentes, pudiendo actuar también de oficio. Asimismo, la localización de activos puede ser llevada a cabo a instancia del Ministerio Fiscal en el ejercicio de sus competencias durante la investigación, en base a la cooperación jurídica internacional, al procedimiento de decomiso autónomo o en alguna otra de las actuaciones tasadas en las leyes penales o procesales.

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