Abc.es 02.05.14
El Grupo Popular en el Congreso ha aprovechado ahora la tramitación del Proyecto de Ley de Racionalización del Sector Público, que contiene varias medidas de reforma administrativa, para introducir una enmienda específica con la que se pretende <<potenciar la movilidad interadministrativa, modulando la situación de los funcionarios que pasan a otras Administraciones Públicas y cesan en las mismas>>. Está previsto que la Comisión apruebe el dictamen, con competencia legislativa plena, a mediados de este mes.
Menos obstáculos
Se trata de dar más garantías jurídicas al funcionario que opta de manera voluntaria por cambiar de Administración Pública, para eliminar obstáculos y permitir una mayor eficiencia de los recursos allá donde hacen más falta, según fuentes parlamentarias consultadas por ABC.
En concreto, la enmienda introducida modifica parte del artículo 84 de la Ley de Estatuto Básico del Empleado Público. Tal y como queda redactado, los funcionarios de carrera que obtengan destino en otra Administración Pública a través de los procedimientos de movilidad quedarán respecto a su Administración de origen en la situación de servicio en otras Administraciones Públicas. <<En los supuestos de remoción o supresión del puesto de trabajo obtenido por concurso, permanecerán en la Administración de destino, que deberá asignarles un puesto de trabajo conforme a los sistemas de carrera y provisión de puestos vigentes en dicha Administración>>.
En el supuesto de cese del puesto obtenido por libre designación, la Administración de destino, en el plazo máximo de un mes desde el día siguiente al del cese, podrá acordar la adscripción del funcionario a otro puesto o le comunicará que no va a hacer efectiva esa adscripción. En todo caso, durante este periodo se entenderá que continúa a todos los efectos en servicio activo en esa Administración.
Transcurrido el plazo de un mes sin que se acuerde su adscripción a otro puesto, o recibida la comunicación de que no va a hacerse efectiva, el funcionario deberá solicitar en el plazo máximo de un mes el reingreso activo en su Administración de origen, que deberá asignarle un puesto de trabajo conforme a los sistemas de carrera y provisión de puestos vigentes, con efectos económicos y administrativos desde la fecha en que se solicite el reingreso. Si no se solicita el reingreso, será declarado de oficio en situación de excedencia voluntaria.
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