Subvenciones destinadas a la promoción y el fomento de la red Punts Nets AVANT en los municipios en riesgo de despoblamiento

 30/03/2022
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Extracto de la Resolución de 25 de marzo de 2022, de la Presidencia de la Generalitat, por la que se convocan las subvenciones destinadas a la promoción y el fomento de la red Punts Nets AVANT en los municipios en riesgo de despoblamiento en el ámbito de la Comunitat Valenciana (DOCV de 29 de marzo de 2022). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 25 DE MARZO DE 2022, DE LA PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LA PROMOCIÓN Y EL FOMENTO DE LA RED PUNTS NETS AVANT EN LOS MUNICIPIOS EN RIESGO DE DESPOBLAMIENTO EN EL ÁMBITO DE LA COMUNITAT VALENCIANA.

BDNS (identif.): 617454.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/617454

Primera. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones objeto de esta convocatoria, de acuerdo con la base reguladora segunda del Decreto 27/2021, los ayuntamientos de los municipios de la Comunitat Valenciana de la Agenda AVANT que se hayan adherido a la Red Punts Nets AVANT, hayan ejecutado el proyecto básico facilitado por la dirección general competente en materia de despoblamiento, y dispongan, por tanto, de al menos, un Punt Net AVANT dentro de su término municipal.

No podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en este decreto las entidades en las cuales concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la LGS, y en los artículos 18 y concordantes del RLGS.

Segunda. Finalidad

Convocar, para el ejercicio 2022 subvenciones destinadas a la promoción y fomento de la red Punts Nets AVANT en los municipios en riesgo de despoblamiento en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Tercera. Bases reguladores

Decreto 27/2021, de 1 de septiembre, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la promoción y fomento de la red Punts Nets AVANT en los municipios en riesgo de despoblamiento en el ámbito de la Comunitat Valenciana: http://www.dogv.gva.es/datos/2021/09/08/pdf/

Cuarta. Financiación de las ayudas

Estas subvenciones se financiarán con cargo al presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2021, sección 5, servicio 5, centro gestor 3, programa presupuestario 125.20, Agenda Valenciana Antidespoblamiento, línea presupuestaria S0891000, “Promoción red Punts Nets AVANT”, que cuenta con una dotación de ochocientos quince mil setecientos euros (815.700 euros).

Quinta. Termino de presentación de solicitudes

Las solicitudes para la obtención de estas subvenciones se presentarán de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es), accediendo al procedimiento correspondiente a esta convocatoria. Para poder tramitar telemáticamente la solicitud, se deberá disponer de alguno de los sistemas de firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Generalitat.

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Sexta. Otros datos

La cuantía máxima de la subvención correspondiente al ejercicio 2022 para cada entidad que resulte beneficiaria, se establece en veinticinco mil euros (25.000,00 euros), sin que en ningún caso pueda superar la cantidad que esta solicite, ni la correspondiente al coste de la ejecución del proyecto y actividades objeto de lo solicitado.

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