EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJERO DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE, DE 1 DE MARZO DE 2022, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DESTINADAS A AYUNTAMIENTOS QUE ADOPTEN MEDIDAS DE PREVENCIÓN CONTRA LA AVISPA ASIÁTICA (VESPA VELUTINA NIGRITHORAX) EN EL AÑO 2022.
BDNS(Identif.):612779
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/612779)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas convocadas los Ayuntamientos de Cantabria que durante los meses de febrero a junio coloquen trampas autorizadas con atrayente selectivo contra Vespa velutina nigrithorax y lleven a cabo su revisión y control periódico.
Segundo. Objeto.
Convocar ayudas para incentivar la adopción de medidas preventivas contra la avispa asiática mediante prácticas de trampeo selectivo de reinas en el ejercicio 2022.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden MED/4/2020, de 28 de febrero, por la que se establecen las bases de un régimen de ayudas destinadas a los Ayuntamientos que adopten medidas de prevención contra la avispa asiática (Vespa Velutina Nigrithorax), publicada en el Boletín oficial de Cantabria n.º 49 de 11 de marzo de 2020.
Cuarto. Cuantía.
1. La concesión de estas subvenciones se financiará con cargo a los créditos consignados en la aplicación presupuestaria 05.06.456C.462 (Control y erradicación de especies exóticas invasoras) hasta un máximo de 150.000 euros, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2022.
2. Podrán concederse subvenciones para los gastos propios e inherentes a la ejecución de prácticas de trampeo selectivo autorizadas, tanto de compra de material o producto como de mano de obra, con los siguientes importes:
Gastos justificados hasta 5.000 euros: 100%.
Importe máximo de ayuda por beneficiario será de 5.000 euros, con un costo estimado de 40 €/trampa.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes suscritas por el solicitante correspondiente o, en su caso, por su representante legal se dirigirán a la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático. A estos efectos, podrán presentarse en los registros electrónicos establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2. Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria hasta el 1 de agosto de 2022, incluido.
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