Ayudas para instalaciones de producción de energía basadas en energías renovables y de ahorro y eficiencia energética en edificaciones destinadas para servicio público municipal

 10/03/2022
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Extracto de la Resolución del consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 1 de marzo de 2022, por la que se convocan ayudas para instalaciones de producción de energía basadas en energías renovables y de ahorro y eficiencia energética en edificaciones destinadas para servicio público municipal de entidades locales para el año 2022 (BOCA de 9 de marzo de 2022). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJERO DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE, DE 1 DE MARZO DE 2022, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA INSTALACIONES DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA BASADAS EN ENERGÍAS RENOVABLES Y DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICACIONES DESTINADAS PARA SERVICIO PÚBLICO MUNICIPAL DE ENTIDADES LOCALES PARA EL AÑO 2022.

BDNS(Identif.):612778 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/612778) Primero. Beneficiarios.

Los beneficiarios directos de estas ayudas serán las Entidades Locales: Ayuntamientos, Juntas Vecinales y demás Entidades Locales, pertenecientes al medio rural de Cantabria, que tengan una población inferior a 15.000 habitantes o, en caso de ser superior, la edificación o instalación a subvencionar ha de estar situada un núcleo cuya población en conjunto sea inferior a 1.500 habitantes.

No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Entidades Locales en las que concurran algunas de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Las inversiones para la cuales se solicita la ayuda, no podrán estar iniciadas antes de la presentación de la solicitud.

Segundo. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto convocar para el año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas a Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para:

La electrificación de edificaciones e instalaciones (depósitos de agua, bombeos, repetidores de señal, etc.) aisladas, del medio rural, para servicios públicos municipales (Medida A).

Actuaciones de ahorro y eficiencia energética en edificaciones e instalaciones de uso público de propiedad municipal (Medida B).

Tercero. Bases reguladoras.

Orden MED/10/2019, de 24 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas para instalaciones de producción de energía basadas en energías renovables y de ahorro y eficiencia energética en edificaciones destinadas para servicio público municipal de Entidades Locales, publicada en el B.O.C. n.º 105, de 3 de junio de 2019; y modificada por la Orden MED/21/2020, de 23 de septiembre, publicada en el B.O.C. número 189 de 1 de octubre de 2020.

Cuarto. Cuantía.

1. La cuantía de las ayudas que se convocan asciende a 300.000 euros cuya financiación será al 100% a través de los fondos IRUE (Instrumento de Recuperación de la Unión Europea), a través del FEADER.

2. Las actuaciones subvencionables se encuentran incluidas en la Medida 07, Submedida "7.2. Apoyo a las inversiones en la creación, mejora o ampliación de todo tipo de pequeñas infraestructuras, incluidas las inversiones en energías renovables y ahorro de energía" del Programa de Desarrollo Rural de Cantabria 2014-2020.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes de ayuda irán dirigidas al consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente conforme al modelo normalizado que figura como Anexo I y se presentarán en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

2. Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o en cualquier otro registro electrónico de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La presentación de la solicitud de ayuda llevará implícita la aceptación de las obligaciones y requisitos establecidos en sus bases reguladoras y conlleva la autorización al órgano instructor del expediente para recabar el certificado sobre el estado de cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Gobierno de Cantabria. Asimismo, conlleva la autorización al órgano concedente para recabar los certificados acreditativos de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal y Autonómica y con la Seguridad Social. El solicitante puede denegar expresamente el consentimiento, debiendo en este caso aportar los correspondientes certificados acreditativos.

3. Cada Entidad Local solicitante podrá presentar una única solicitud, la cual, podrá contener una o varias obras o actuaciones dentro del municipio, pero todas estarán incluidas en el mismo proyecto de inversión.

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