Subvenciones a las Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2022, destinadas a financiar sus gastos corrientes

 23/02/2022
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Extracto de la Orden PRE/8/2022, de 15 de febrero de 2022, por la que se convocan subvenciones a las Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2022, destinadas a financiar sus gastos corrientes (BOCA de 22 de febrero de 2022). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN PRE/8/2022, DE 15 DE FEBRERO DE 2022, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A LAS ENTIDADES LOCALES MENORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA PARA EL AÑO 2022, DESTINADAS A FINANCIAR SUS GASTOS CORRIENTES.

BDNS (Identif.): 607418.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/607418).

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Orden las entidades locales menores legalmente constituidas a las que se refiere la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre , de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, integradas en municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Segundo. Objeto.

Gastos corrientes derivados del normal funcionamiento de las entidades locales menores.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden PRE/32/2019, de 16 de mayo, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria n.º 99, de 24 de mayo de 2019.

Cuarto. Cuantía.

La financiación del gasto que supone la concesión de estas subvenciones se realizará con cargo al concepto presupuestario 02.12.496M.463 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2022, por un importe máximo de 206.620,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se dirigirán a la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior del Gobierno de Cantabria en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de la convocatoria.

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