Secretarías autonómicas de la Administración del Consell

 15/02/2022
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Decreto 2/2022, de 10 de febrero, del president de la Generalitat, de modificación del Decreto 7/2019, de 20 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan las secretarías autonómicas de la Administración del Consell (DOCV de 14 de febrero de 2022). Texto completo.

DECRETO 2/2022, DE 10 DE FEBRERO, DEL PRESIDENT DE LA GENERALITAT, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 7/2019, DE 20 DE JUNIO, DEL PRESIDENT DE LA GENERALITAT, POR EL QUE SE DETERMINAN LAS SECRETARÍAS AUTONÓMICAS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONSELL.

El artículo 12.1 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, atribuye al president de la Generalitat la dirección y coordinación de las acciones del Consell, y, a tal efecto, le corresponde, entre otras facultades y atribuciones, crear, modificar y suprimir las secretarías autonómicas.

A fin de desarrollar el programa político del Consell, de una manera eficaz y con una utilización lo más eficiente posible de los medios humanos y materiales de la Administración del Consell, y en virtud de la competencia atribuida en el artículo 12.1.b de la Ley 5/1983, del Consell, DECRETO

Artículo único. Modificación de los órganos superiores de la Presidencia de la Generalitat La Presidencia de la Generalitat dispondrá de los siguientes órganos superiores:

- Secretaría Autonómica de Presidencia - Secretaría Autonómica de Promoción Institucional, Comunicación y Prospectiva - Secretaría Autonómica de Cohesión Territorial y Políticas contra el Despoblamiento - Secretaría Autonómica para la Unión Europea y Relaciones Externas - Secretaría Autonómica de Turismo - Abogado o Abogada General de la Generalitat.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA Única. Derogación normativa

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango en aquello que se oponga a lo establecido en este decreto.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Supresión de órganos superiores de la Presidencia de la Generalitat

De acuerdo con lo establecido en el artículo único del presente decreto, quedan suprimidos los siguientes órganos superiores de la Presidencia de la Generalitat:

- Secretaría Autonómica de Promoción Institucional y Cohesión Territorial - Secretaría Autonómica de Prospectiva y Comunicación

Segunda. Referencias a los órganos superiores suprimidos

Las referencias incluidas en las disposiciones de carácter general o en los actos administrativos a los órganos superiores suprimidos se deberán entender hechas a los órganos superiores que se crean en este decreto, en función de las competencias que se les asignen.

Tercera. Modificaciones presupuestarias

La Conselleria de Hacienda y Modelo Económico llevará a cabo las modificaciones presupuestarias que se requieran para dar cumplimiento a lo previsto en este decreto.

Cuarta. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su firma.

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