Diagnóstico Genético Preimplantatorio

 04/02/2022
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Orden de 28 de enero de 2022, por la que se actualiza el Anexo I del Decreto 156/2005, de 28 de junio, por el que se regula el Diagnóstico Genético Preimplantatorio en el Sistema Sanitario Público de Andalucía y se crea la Comisión Andaluza de Genética y Reproducción (BOJA de 3 de febrero de 2022). Texto completo.

ORDEN DE 28 DE ENERO DE 2022, POR LA QUE SE ACTUALIZA EL ANEXO I DEL DECRETO 156/2005, DE 28 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULA EL DIAGNÓSTICO GENÉTICO PREIMPLANTATORIO EN EL SISTEMA SANITARIO PÚBLICO DE ANDALUCÍA Y SE CREA LA COMISIÓN ANDALUZA DE GENÉTICA Y REPRODUCCIÓN.

El Decreto 156/2005, de 28 de junio , reguló el Diagnóstico Genético Preimplantatorio en el Sistema Sanitario Público de Andalucía y creó la Comisión Andaluza de Genética y Reproducción. El artículo 4 del mencionado Decreto 156/2005 establece que las personas incluidas en su ámbito de aplicación que deseen que les sea realizado un Diagnóstico Genético Preimplantatorio deberán dirigirse al Servicio de Ginecología y Obstetricia del centro hospitalario que les corresponda por razón de su domicilio, el cual las remitirá al Servicio o Unidad de Genética o Reproducción Humana Asistida, donde se realizará la indicación, de acuerdo con los criterios establecidos por la Comisión Andaluza de Genética y Reproducción. En los supuestos en que proceda la aplicación del procedimiento de Diagnóstico Genético Preimplantatorio, el Servicio o Unidad de Genética o Reproducción Humana Asistida derivará a las personas solicitantes a las Unidades de Genética o Reproducción autorizadas por la Consejería de Salud y que figuran en el Anexo I del decreto.

La cartera de servicios de la sanidad pública en Andalucía garantiza las prestaciones para todas las personas usuarias, ya que los centros en los que se desarrolla actúan de manera estructurada, ordenada y responsable cuando, por su nivel asistencial o por su nombramiento como unidad de referencia, deben ofertar una técnica, tecnología, procedimiento o atención a un proceso para el conjunto de la población y organización sanitaria.

Los medios de los que dispone el Sistema Sanitario Público de Andalucía adecuadamente dotados y especializados permiten configurar el modelo de organización del diagnóstico genético preimplantatorio en dos centros de referencia para la sanidad pública de Andalucía (oriental y occidental), orientados a mejorar la accesibilidad de la población a este procedimiento, que puede requerir numerosas consultas y pruebas con desplazamiento de las personas implicadas, permitiendo mantener la calidad, efectividad y seguridad que requiere esta compleja técnica al concentrar los casos en unidades expertas. Es por ello que se incluye en el Anexo I la Unidad de Gestión Clínica de Obstetricia y Ginecología del Hospital Universitario Virgen de las Nieves de Granada.

Finalmente, se actualiza la denominación de la unidad de referencia de Sevilla que aparecía en el Anexo I, que pasa a denominarse Unidad de Gestión Clínica de Medicina Maternofetal, Genética y Reproducción del Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla, nombre actual reconocido por el Servicio Andaluz de Salud.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la disposición final primera del Decreto 156/2005, de 28 de junio , y en los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por el artículo 26.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único. Actualización del Anexo I del Decreto 156/2005, de 28 de junio , por el que se regula el Diagnóstico Genético Preimplantatorio en el Sistema Sanitario Público de Andalucía y se crea la Comisión Andaluza de Genética y Reproducción.

Se actualiza el Anexo I del Decreto 156/2005, de 28 de junio , por el que se regula el Diagnóstico Genético Preimplantatorio en el Sistema Sanitario Público de Andalucía y se crea la Comisión Andaluza de Genética y Reproducción, en los siguientes términos:

ANEXO I

Las Unidades de Genética o Reproducción Humana Asistida designadas para la realización del procedimiento de Diagnóstico Genético Preimplantatorio son las siguientes:

a) Unidad de Gestión Clínica de Obstetricia y Ginecología del Hospital Universitario Virgen de las Nieves de Granada, que actuará como centro de referencia para la atención a las personas residentes en las provincias de Almería, Granada, Jaén y Málaga.

b) Unidad de Gestión Clínica de Medicina Materno-Fetal, Genética y Reproducción del Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla, que actuará como centro de referencia para la atención a las personas residentes en las provincias de Cádiz, Córdoba, Huelva y Sevilla.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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